El Ministerio de Trabajo adoptó las primeras medidas para las empresas que hasta la fecha no han implementado la reducción de la jornada laboral.
Cabe mencionar que este descuento en la jornada laboral inició el pasado 16 de julio en el país.
Con esta iniciativa se pretende que la jornada laboral pase de las 48 horas a tener 42 horas. Esto se hará de manera progresiva.
Este año inició con la reducción de una hora, así se hará de manera progresiva hasta el 2026.
“A partir del 16 de julio empezó a reducirse gradualmente la jornada del trabajo en Colombia pasando de 48 a 47 horas este año. A través de nuestras direcciones territoriales con todos nuestros inspectores e inspectoras a nivel nacional hemos querido acompañar la aplicación de esta medida de forma preventiva y haciendo asesorías a las empresas y a las organizaciones sindicales y obviamente a todos los trabajadores que acuden a nosotros”, dijo Edwin Palma, viceministro de Trabajo.
De otro lado, el funcionario aseguró que hasta el momento han recibido varios reportes de empresas que no se han acogido a la norma. Recomendado: Jornada laboral en Colombia cambia desde julio: así va a reducirse
“Con el paso del tiempo hay empresas que se resisten, aplicar esta ley que es de orden público y de obligatorio cumplimiento; por eso la instrucción que hemos dado a todos nuestros directores territoriales, es que empresa que se resista a cumplir la norma será inmediatamente investigada y sancionada con forme a la ley”, agregó el viceministro.
Dentro de las empresas que actualmente están en proceso de investigación se encuentran: Noel S.A.S que es una compañía de galletas del Grupo Nutresa, Pintuco S.A.S, Meals (Mercadeo de Alimentos de Colombia S.A.S), entre otras.
Este es el costo de la multa que deben pagar las empresas
Luego de la investigación que adelanta el Ministerio del Trabajo en cada una de las empresas, de encontrarse pruebas de el desacato de dicha reducción de la jornada laboral, se procederá a multar a la compañía.
La cuantía que deberá pagar la empresa corresponde a una sanción de hasta los $5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, $5.800 millones.
“De conformidad por eso hemos ordenado ya el inicio de distintas investigaciones contra distintas empresas que han manifestado abiertamente sin pudor alguno que no van a cumplir la reducción de la jornada de trabajo”, agregó Palma.
Los documentos que exigen a las empresas para corroborar la información son: certificados de existencias, listado numerado de trabajadores, comprobantes de nómina donde se especifiquen los pagos de horas extras, recargos nocturnos, festivos y dominicales, copias de afiliación a seguridad social y el certificado de actualización de la jornada laboral.
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