La Superintendencia de Sociedad de Colombia (Supesociedades) comunicó este martes, con respecto al proceso de liquidación de Almacenes La 14, que a la fecha se han gestionado recursos en efectivo para el pago a 1.559 acreedores laborales por concepto de indemnizaciones.
Estos representan el 100 % del personal retirado, para un valor pagado de más de $24.231 millones.
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Los recursos fueron posibles gracias a la devolución de inmuebles y el aprovechamiento de diez tiendas propias que se arrendaron, “favoreciendo la preservación y vida productiva de los activos y la vinculación por fuera del trámite liquidatorio de más de 1.000 trabajadores, en su mayoría, exempleados de Almacenes La 14”.
Con respecto a los proveedores, la Supersociedades destacó que con el objetivo de apoyar a quienes proveían a la cadena vallecaucana, se han llevado a cabo varias iniciativas con cadenas como Almacenes Éxito.
Allí, por ejemplo, se realizó una rueda de negocios denominada Valluno Compra Valluno que permitió la codificación de más de 115 empresas en las categorías de gran consumo, textil, hogar, frutas y concesiones inmobiliarias.
Hay que mencionar que tras anunciarse el proceso de liquidación de La 14, el Grupo Éxito adquirió seis locales que pertenecía a esa cadena. Cinco de ellos en el Valle del Cauca (Jamundí, Cartago, Tuluá y Palmira en Valle del Cauca) y uno en Cundinamarca (Girardot).
Más detalles de la liquidación
Sobre el proceso, la Supersociedades también indicó que “la actividad judicial que reviste este proceso con 3.500 acreedores, y la envergadura de sus activos, hace que se hayan presentado solicitudes de nulidad, aclaración, corrección, adición y recursos contra las decisiones judiciales, persistiendo como compromiso del juez el de ser guarda en la celeridad del proceso”.
Asimismo, se mencionó que actualmente se viene haciendo un control de legalidad a los memoriales de los proyectos de calificación y graduación de créditos presentados por el liquidador, “para proceder con su traslado, y permitir, de ser el caso, que los acreedores formulen las objeciones, agoten la etapa de conciliación, o en su defecto, se resuelvan en audiencia”.
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