Marchas del 14 de octubre en Bogotá, Medellín y Cali: puntos, rutas y nuevas reglas de juego para la protesta

El presidente Abelardo de la Espriella dio a conocer el nuevo decreto que busca reglamentar las protestas, horas antes de la marcha de este miércoles.

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Bogotá vive este miércoles una jornada de movilizaciones convocadas por centrales obreras, Fecode, el Pacto Histórico y sectores universitarios.

Según la Secretaría Distrital de Gobierno, a las 9:30 a. m. sale desde el Parque Nacional (carrera Séptima con calle 26) la jornada preparatoria del paro, convocada por CUT, CTC, CGT, CDP, Fecode, Pacto Histórico y Alianza por la Vida. A las 10:00 a. m. parte desde el mismo punto la marcha del Magisterio Distrital.

Ambas tienen como destino la Plaza de Bolívar. También hay una movilización universitaria desde la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca y una convocatoria en Usme, ambas sin hora confirmada. Se esperan afectaciones en la carrera Séptima, la carrera Décima, la calle 26 y en TransMilenio.

El expresidente Gustavo Petro anunció que participará y pidió manifestaciones pacíficas.

Por su parte, en Medellín se espera concentraciones desde las 10:00 a. m. en la sede de ADIDA, la Universidad de Antioquia y el Centro Comercial Aventura.

El recorrido detallado corresponde a la movilización que partirá de ADIDA, en la calle 57 con carrera 42, y avanzará por la carrera 43 (Girardot), la avenida La Playa, la avenida Oriental y la calle San Juan, hasta llegar a la Plaza de las Luces, frente a La Alpujarra.

En Cali, la movilización comenzará a las 9:00 a. m. en la Plazoleta Jairo Varela y avanzará por la calle 5 hasta el Parque de las Banderas, en el sur de la ciudad.

La Secretaría de Seguridad y Justicia anunció controles en los accesos a Cali con más de 1.200 policías y 600 militares. Movilidad Cali recomendó tomar vías alternas, anticipar los desplazamientos y evitar recorridos innecesarios por la calle 5, ante posibles restricciones y demoras.

Como alternativa para quienes transiten por la avenida Segunda Norte, en el sector de la Torre de Cali, se recomienda tomar la calle 10 hacia la avenida Sexta y continuar por las calles 13, la avenida Octava Norte y la avenida Cuarta Norte, para retomar la avenida Primera en dirección a la avenida Circunvalar, según las condiciones del tráfico y las indicaciones de las autoridades.

Nuevo decreto que reglamenta las protestas

El presidente Abelardo de la Espriella dio a conocer el nuevo decreto que busca reglamentar las protestas, horas antes de la marcha de este miércoles.

Este nuevo decreto modifica el estatuto que regula el uso de la fuerza y la protección del derecho a la protesta, adoptado en cumplimiento de la sentencia STC7641-2020 de la Corte Suprema.

El nuevo artículo 2A aplica cuando desde el comienzo se identifique porte de armas de fuego, cortopunzantes, explosivos o artefactos incendiarios, retención de personas, agresiones a terceros o a periodistas, o destrucción de infraestructura.

En esos casos, la obligación de dialogar se entiende cumplida con el despliegue de gestores de convivencia y con mantener el canal de comunicación abierto.

La Policía puede intervenir contra quienes ejecutan los actos de forma simultánea al diálogo y sin agotar previamente los niveles 1 a 3 de escalonamiento, siempre que haya constancia motivada en el acta del Puesto de Mando Unificado (PMU).

El decreto aclara que esa verificación debe ser focalizada y no altera por sí sola el carácter pacífico de la manifestación. Tampoco puede fundarse en la convocatoria, su contenido, los discursos previos ni en que haya personas con el rostro cubierto.

Según el artículo 30C, la obstrucción no altera por sí sola el carácter pacífico de la protesta. Solo excepcionalmente puede disolverse una reunión con bloqueo, cuando la perturbación sea grave y sostenida y no exista un medio menos lesivo. El PMU debe documentar factores como el estado de las vías alternas, el tiempo de bloqueo y la afectación a ambulancias.

Las autoridades deben garantizar en toda manifestación franjas de paso libre para ambulancias, bomberos, personas mayores, mujeres gestantes y menores. El decreto precisa que esta obligación recae sobre las autoridades y no limita el derecho a la protesta.

Un dispositivo con formación en gestión de manifestaciones deberá ubicarse a una distancia mínima de cuatro metros, y si el lugar lo impide se debe dejar constancia.

El PMU se activa antes de cada manifestación y lo preside la primera autoridad de policía, es decir, el alcalde en el caso de Bogotá. Las decisiones de intervención deben quedar por escrito, con hora y autoridad que las imparte.

En 72 horas, la alcaldía debe publicar un balance de heridos, daños y capturas, incluidas las lesiones atribuidas a agentes del Estado. En 48 horas debe convocarse un consejo de seguridad si hubo afectaciones graves.

El decreto conserva la presunción de carácter pacífico de toda manifestación, la prohibición de armas de fuego para el personal uniformado y la no intervención de las Fuerzas Militares. Establece además que la protección de bienes materiales no autoriza fuerza potencialmente letal y que los datos recogidos no pueden usarse para inteligencia ni perfilamiento.