Nuevo decreto de emergencia económica: Gobierno Petro busca entregar subsidios de vivienda exprés

La norma suspende los requisitos ordinarios para acceder a subsidios y elimina la obligación de licencias urbanísticas.

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El Ministerio de Vivienda expidió el Decreto 0215 de 2026 en el marco de la emergencia económica por los efectos derivados del frente frío de febrero de 2026.

Las medidas extraordinarias en materia de vivienda y hábitat se diseñaron para atender a ocho departamentos del país: Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.

¿Qué cambia con el decreto?

En primera instancia se crea flexibilidad en los trámites; la cartera y Fonvivienda podrán asignar subsidios sin los requisitos ordinarios de postulación, ahorro o titulación. Basta con aparecer en los censos oficiales de damnificados para ser beneficiario. Las entidades quedan facultadas para definir montos, modalidades y procedimientos de manera expedita, por encima de cualquier reglamentación ordinaria.

En cuanto a las modalidades de atención, se habilitaron todas las formas posibles de solución habitacional: compra de vivienda nueva o usada, construcción en sitio propio, mejoramiento, arrendamiento y autogestión. Se da prioridad como ejecutores a organizaciones comunitarias, consejos comunitarios, cabildos indígenas y maestros de obra.

Además, los proyectos del Gobierno nacional y las entidades territoriales no requerirán licencia urbanística. El Ministerio definirá las condiciones técnicas mínimas.

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Vivienda. Foto: Freepik (www.freepik.es).

El artículo seis habla de los reasentamientos colectivos, el Ministerio podrá estructurar y ejecutar proyectos de reasentamiento completos: desde la habilitación del suelo hasta la dotación de equipamientos. Fonvivienda podrá comprar suelos para estos fines, declarados de utilidad pública e interés social. Los alcaldes de los municipios en emergencia también reciben poderes excepcionales para ajustar sus Planes de Ordenamiento Territorial de forma expedita: podrán incorporar suelos rurales al perímetro urbano, cambiar usos del suelo y ampliar centros poblados sin necesidad de los trámites ordinarios, que en condiciones normales pueden tardar más de un año. El Concejo Municipal tendrá 15 días para pronunciarse; si no lo hace, el alcalde puede proceder por decreto.

El decreto establece expresamente que las organizaciones comunitarias, consejos comunitarios, cabildos indígenas, asociaciones de base y maestros de obra serán los ejecutores prioritarios de las intervenciones, en línea con el enfoque de economía popular del Gobierno Petro.

Las medidas generales rigen durante el Estado de Emergencia —declarado por 30 días— y se extienden hasta un año adicional para garantizar la reconstrucción. Los proyectos de reasentamiento colectivo tienen un plazo de hasta tres años para ejecutarse completamente.

Cabe mencionar que estas medidas se expiden por la ola invernal que azotó a los ocho departamentos y que, según el reporte oficial de la UNGRD, entre el 27 de enero y el 6 de febrero se registraron 65 emergencias en 61 municipios, dejando 69.235 familias afectadas, 252.233 personas damnificadas, 11.955 viviendas averiadas y 4.158 destruidas, además de 10 fallecidos.

Córdoba concentra la mayor parte del daño habitacional, con 11.703 soluciones de vivienda comprometidas.