¿Quién pagará el impuesto al plástico de un solo uso?

Luego de la decisión que tomó el Consejo de Estado sobre suspender provisionalmente los conceptos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que había adoptado la entidad con el fin de que se pagara un tributo por la utilización de los plásticos de un solo uso.

Impuestos al plástico
Daniel Mitchell, presidente de Acolpasticos. Foto: Cortesía Acoplásticos.

Luego de la decisión que tomó el Consejo de Estado sobre suspender provisionalmente los conceptos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales () que había adoptado la entidad con el fin de que se pagara un tributo por la utilización de los plásticos de un solo uso, el gremio del plástico resaltó los efectos que esto puede tener.

Cabe mencionar que dicha medida fue adoptada en la reforma tributaria que se aprobó el año pasado liderada por el exministro de Hacienda, José Antonio Ocampo.

Ante la situación, desde la Asociación Colombiana de Industrias Plásticas (Acoplásticos) señalaron que esta decisión genera gran confusión en el sector ante el desconocimiento sobre quien debería pagar dicho impuesto.  

Así ve acoplásticos decisión del Consejo de Estado.
Así ve acoplásticos decisión del Consejo de Estado. Foto: Valora Analitik

Quedan confundidas, yo diría que más confundidas pues porque hasta antes de esta suspensión existía el concepto de la DIAN que daba una línea, ahora se suspende, entonces el concepto de la DIAN no aplica, no está vigente; así que volvemos a tener una lectura de la ley y cuando uno lee la ley puede interpretar que creo que es lo más razonable que quien debe pagar el impuesto es el cliente, es decir, el que utiliza el empaque o envase”, dijo Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos.

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Sin embargo, mencionó que al interpretar de otra manera las empresas serían las que deberían pagar dicho tributo.

“Pero también hay unas interpretaciones como la que tuvo la DIAN que está suspendida en el sentido que debe pagar quién fabrica el producto plástico. Entonces genera una gran confusión con lo cual, pues el impuesto al menos en nuestro criterio hoy en día no es aplicable”, agregó Mitchell.

Es importante señalar que la decisión del Consejo de Estado fue debido a la demanda que presentó la Cámara Ambiental del Plástico en la que mencionan que la DIAN habría desconocido lo que se aprobó en la reforma tributaria del año pasado.

«Entonces quedamos en este momento solamente con la interpretación de la ley, sin los conceptos y en una evidencia de que incluso el concepto pues tampoco hacía claridad sobre las confusiones que tiene este impuesto en el texto que quedó aprobado en la Ley; entonces creo que esto es un reflejo de que la ley de alguna manera quedó mal redactada y por tanto, es un impuesto que es prácticamente inaplicable», dijo el presidente de Acoplásticos.

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