Superfinanciera anunció intervención de Bloom Crowdfunding tras detectar fallas financieras y operativas

El proceso de evaluación tendrá una duración inicial de dos meses, prorrogables por un periodo igual.

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La Superintendencia Financiera de Colombia, mediante la Resolución 0573 del 13 de abril de 2026, ordenó la intervención administrativa de Bloom Crowdfunding y dispuso la toma de posesión de sus bienes, haberes y negocios. La medida incluye la evaluación de la viabilidad operativa y financiera de la compañía en un plazo corto, con el fin de determinar su continuidad bajo condiciones controladas o, en su defecto, la adopción de alternativas orientadas a la protección de acreedores e inversionistas.

De acuerdo con la entidad de supervisión, el propósito central de la intervención es establecer si la empresa cuenta con las condiciones necesarias para seguir desarrollando su objeto social. En caso contrario, se analizarán mecanismos que permitan mitigar los riesgos y resguardar los recursos comprometidos por terceros. Entre las opciones contempladas se encuentran un proceso de reorganización empresarial o, como última instancia, la liquidación de la sociedad.

El proceso de evaluación tendrá una duración inicial de dos meses, prorrogables por un periodo igual, según los resultados del análisis técnico adelantado por la Superintendencia. Esta decisión contará, además, con el concepto previo del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín), entidad que desempeñará un papel relevante durante el desarrollo de la intervención.

En ese sentido, Fogafín será responsable de designar a un agente especial que asumirá la representación legal de Bloom Crowdfunding durante el periodo de toma de posesión. Dicho agente tendrá a su cargo la administración integral de la compañía, con el objetivo de proteger el interés público y asegurar el adecuado manejo de las obligaciones pendientes. Su gestión se orientará a preservar el valor de los activos y a facilitar eventuales procesos de recuperación de cartera en favor de los inversionistas afectados.

¿La intervención afectará las otras operaciones de la empresa?

La Superintendencia precisó que esta actuación tiene un carácter particular y no implica efectos sobre otras plataformas que operan bajo el modelo de financiación colaborativa en Colombia. Se trata, por tanto, de una medida específica derivada de la situación propia de la empresa intervenida.

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En cuanto a las causas que motivaron la decisión, la autoridad señaló varias situaciones previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Entre ellas, la reducción del patrimonio neto por debajo del 50 % del capital suscrito, lo que evidencia un deterioro relevante en su solidez financiera. Asimismo, se identificaron inconsistencias en la información reportada a la entidad de control, lo que dificulta contar con un panorama claro y confiable sobre su estado real.

Lea aquí la resolución completa