El terremoto de 7,4 Mw registrado el pasado 10 de agosto en San José del Palmar, Chocó, dejó una afectación de gran magnitud en Colombia y volvió a poner sobre la mesa un riesgo que para millones de hogares puede convertirse también en un problema financiero: qué ocurre con una vivienda cuando un desastre natural causa daños y el propietario no tiene cómo asumir su reparación.
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Con corte al 7 de septiembre, el balance nacional registra 16 departamentos y 498 municipios afectados, 296.738 familias y 466.709 personas afectadas. El impacto humano incluye 331 fallecidos, 4.505 heridos, 111 desaparecidos y 364 personas rescatadas.
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La dimensión de los daños también permite entender el riesgo económico para los propietarios. Según la actualización del balance, 202.002 viviendas resultaron averiadas y otras 36.326 fueron destruidas. A esto se suman 6.005 edificios averiados y 743 colapsados.
El impacto no se limitó a las casas. También fueron afectados 400 centros de salud, 4.313 centros educativos, 6.033 centros comunitarios, 521 vías, cinco aeropuertos, 141 acueductos, 102 puentes vehiculares y 13 puentes peatonales. Pero mientras las autoridades atienden las consecuencias de la emergencia, las cifras del sector asegurador revelan otra vulnerabilidad: la mayoría de las viviendas del país no cuenta con un seguro de hogar.
Nueve de cada diez viviendas no tendrían seguro
La Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, señala que apenas 9,3 % de las viviendas en Colombia cuenta con algún tipo de seguro de hogar. En otras palabras, cerca de nueve de cada diez viviendas no tendrían esta protección.

El dato adquiere mayor relevancia después de un terremoto porque una afectación estructural puede representar gastos que superan ampliamente la capacidad de pago de una familia.
Las primeras cifras conocidas por el sector después del sismo muestran precisamente el tamaño de la exposición. Con corte al 14 de agosto, las aseguradoras habían recibido 10.465 reclamaciones por un valor preliminar de $281.000 millones.
De ese total, 9.310 reclamaciones correspondían a daños sobre bienes inmuebles, mientras que las restantes estaban relacionadas con automóviles, riesgos laborales, salud y vida.
Esto significa que el impacto financiero de un terremoto no termina en la pérdida o deterioro de la vivienda. También puede afectar vehículos, ingresos familiares y otros bienes que requieren recursos para su recuperación.
Para Carlos Herrán Perdomo, gerente general de Coasmedas, la experiencia deja una lección para la planificación financiera de los hogares: “Una emergencia nos recuerda que proteger el patrimonio también es proteger nuestros proyectos de vida. Por eso es fundamental contar con una póliza adecuada, conocer sus coberturas y estar preparados financieramente ante cualquier eventualidad”.
¿Qué puede cubrir un seguro de vivienda después de un terremoto?
No todas las pólizas protegen de la misma manera. Una vivienda puede presentar daños en paredes, techos, ventanas, instalaciones, elementos estructurales y otros componentes, dependiendo de la intensidad del movimiento y de las características del inmueble.
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Por eso, para un propietario no basta con saber que tiene un seguro. Es necesario revisar qué riesgos están cubiertos, cuáles son los límites de indemnización, qué deducibles aplican, cuáles son las exclusiones y cuál es el procedimiento para reportar un siniestro.
También es importante identificar de dónde proviene la protección. En algunos casos, el propietario adquiere directamente una póliza de hogar; en otros, puede existir un seguro asociado al crédito de vivienda. La existencia de una póliza vinculada a una obligación financiera tampoco significa que todos los daños o elementos de la vivienda estén necesariamente cubiertos.
Un propietario puede tener una vivienda financiada mediante crédito y asumir que, por tener un seguro asociado a la obligación, cualquier daño provocado por un terremoto será cubierto.

Sin embargo, las condiciones de cada póliza determinan qué bienes y riesgos están efectivamente protegidos. Por eso, conocer previamente las coberturas puede marcar la diferencia entre recibir un respaldo económico después de un desastre o tener que asumir directamente los costos de reparación.
El problema puede ser aún mayor cuando el inmueble queda inhabitable y la familia necesita recursos adicionales para trasladarse, reparar daños o reemplazar bienes.
La protección financiera frente a un terremoto no depende exclusivamente de una póliza. Coasmedas plantea también la necesidad de mantener un ahorro para imprevistos, documentación organizada y claridad sobre los mecanismos de respaldo disponibles.
En la práctica, esto implica conservar en un lugar seguro documentos relacionados con la vivienda, seguros, bienes y productos financieros. También resulta conveniente revisar periódicamente las condiciones de las pólizas para conocer sus límites y exclusiones antes de que ocurra una emergencia.
En el caso de quienes tienen un crédito hipotecario, la recomendación es revisar específicamente la póliza asociada a la obligación, qué protege y cuál es el procedimiento para reportar un evento.
¿Qué hacer si una vivienda resulta afectada por un sismo?
Cuando las autoridades determinen que es seguro ingresar al inmueble, una de las primeras recomendaciones es documentar los daños mediante fotografías o videos.
También se aconseja evitar reparaciones antes de recibir instrucciones de la aseguradora, salvo aquellas que sean indispensables para evitar un daño mayor o proteger la integridad de las personas. Las facturas, documentos y demás soportes relacionados con los bienes afectados deben conservarse. Fasecolda recomienda además informar oportunamente a la compañía aseguradora mediante sus canales oficiales y consultar directamente las condiciones de la póliza.
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Hay otro punto que puede generar confusión entre los afectados: no existe un plazo general de tres días para presentar la reclamación por el terremoto del 10 de agosto. Fasecolda explicó que, de acuerdo con el artículo 1081 del Código de Comercio, los términos dependen de las circunstancias y del tipo de acción. Aun así, recomienda realizar cuanto antes un primer aviso a la aseguradora para recibir orientación y facilitar la atención del daño.



