Venezolanos podrán adquirir servicios en bancos colombianos

Los ciudadanos venezolanos en Colombia que tengan el pasaporte vencido podrán adquirir productos y servicios financieros, recordó la Superintendencia Financiera.

Es más alto el riesgo de ser víctima de un fraude con tarjetas de crédito. Foto: Archivo.
Es más alto el riesgo de ser víctima de un fraude con tarjetas de crédito. Foto: Archivo.
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Los ciudadanos venezolanos en Colombia que tengan el pasaporte vencido podrán adquirir productos y servicios financieros, recordó la Superintendencia Financiera.

Por medio de una carta circular de febrero 14 de 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia recordó a los representantes legales, miembros de junta directiva, revisores fiscales, oficiales de cumplimiento, funcionarios responsables y contralores normativos de las entidades supervisadas, los documentos de identificación válidos en Colombia para los venezolanos que buscan abrir o contratar los productos y servicios financieros. Vea más en finanzas personales.

De acuerdo con la circular de la SFC, “Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 971 de abril 28 de 2021 de Migración Colombia, referente a los documentos de identificación que pueden presentar los nacionales venezolanos para ser incluidos en el Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV, el 9 de junio de 2021 fue expedida la Resolución 2231 del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual establece en sus artículos 2 y 3, respectivamente, que “El pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada”, y siempre “que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, servirá como documento de identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional.

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Por tal razón, la SFC pidió a las entidades supervisadas “observar lo estatuido en la mencionada Resolución 22331 así como en todas aquellas normas que se expidan referentes a los documentos de identificación válidos para los ciudadanos venezolanos en Colombia, atendiendo así su deber de continuar administrando de manera diligente y estricta los sistemas de administración de riesgos a los que se encuentran obligadas”.

Validez de pasaporte por 10 años

De acuerdo con la citada resolución 2231 de junio 9 de 2021, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el pasaporte de “los nacionales venezolanos que se encuentre  podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada”.

También señala la norma que “sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el Decreto 1067 de 2015 sobre Cédula de Extranjería y demás normas que reglamentan la materia, el pasaporte venezolano que se encuentre vencido y que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, servirá como documento de identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional”.

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