Reforma laboral en Colombia: así será su implementación tras la sanción presidencial

La reforma laboral empezará a aplicarse en dos momentos: con normas de vigencia inmediata y otras de implementación gradual.

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El pasado 25 de junio de 2025, el presidente Gustavo Petro sancionó la nueva reforma laboral, marcando un importante cambio en las reglas que rigen las relaciones de trabajo en Colombia.

La normativa empezará a aplicarse en dos momentos: con normas de vigencia inmediata y otras de implementación gradual.

Para entender cómo será este proceso, Valora Analitik conversó con Juan Esteban Amador, abogado experto en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, quien explicó en detalle los alcances, retos y oportunidades que trae la nueva reforma para empleadores y trabajadores.

Dos fases de implementación: inmediata y gradual

“El proceso de implementación de la reforma laboral se da en dos momentos: algunas normas rigen desde el 25 de junio, día en que fue sancionada, y otras comenzarán a aplicarse de forma escalonada”, explicó Amador.

Entre las disposiciones que ya están vigentes se encuentra la laboralización del contrato de aprendizaje en su fase práctica. Esto significa que los aprendices Sena que se encuentren prestando su etapa práctica serán considerados trabajadores, con todos los derechos y obligaciones correspondientes.

En contraste, otras disposiciones tienen plazos establecidos para su entrada en vigor. “Por ejemplo, los recargos nocturnos comenzarán a aplicarse desde las 7:00 p.m. dentro de seis meses, es decir, a partir del 25 de diciembre de 2025”, precisó el abogado.

Contratación de personas con discapacidad y recargos dominicales: implementación progresiva

Uno de los puntos que más impacto generará entre las grandes empresas es la obligación de contratar personas con discapacidad. “Los empleadores que tengan más de 100 trabajadores deberán contratar al menos dos personas con discapacidad por cada 100 empleados. Esta obligación será exigible desde el 25 de junio de 2026”, afirmó Amador.

En cuanto a los recargos dominicales, la reforma también estableció una implementación progresiva:

  • Desde el 25 de junio de 2025, el recargo pasa al 80 %.
  • En junio de 2026 será del 90 %.
  • Para junio de 2027 alcanzará el 100 %.
Presidente Gustavo Petro sanciona la reforma laboral
Presidente Gustavo Petro sanciona la reforma laboral. Foto: Presidencia.

Mayores costos y ajustes en los esquemas de contratación

De acuerdo con el experto, la reforma implica un incremento en los costos para las empresas. “Primero, por los nuevos recargos y aportes a seguridad social que deben realizarse ahora para los aprendices en fase práctica. Segundo, porque se debe revisar toda la estructura de contratación, ya que la norma general será el contrato a término indefinido”.

Además, Amador explicó que los contratos a término fijo, una vez superen los cuatro años de duración, se convertirán en contratos indefinidos. “Los primeros contratos fijos que migrarán automáticamente a indefinidos serán los firmados en 2025, y esto ocurrirá en 2029”, puntualizó.

Cambios positivos: flexibilidad en las jornadas y simplificación de trámites

No todo son cargas adicionales para las empresas. La reforma también incluye aspectos positivos que dan mayor flexibilidad a los empleadores.

“Uno de los avances más importantes es que el día de descanso obligatorio ya no tiene que ser domingo o sábado. Ahora podrá pactarse cualquier día de la semana, lo que permitirá una mejor organización de turnos y jornadas laborales”, destacó.

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Asimismo, desaparece un trámite considerado innecesario: la solicitud de autorización al Ministerio del Trabajo para aplicar horas extras. “Ahora, el empleador no tendrá que hacer esa solicitud previa. Este cambio aligera la carga administrativa”, agregó.

Cambios en contratación con temporales y actualización del reglamento interno

Uno de los puntos más controvertidos de la reforma es la prohibición de la rotación de trabajadores en empresas temporales, práctica comúnmente utilizada en el pasado. “Ese carrusel que permitía que un trabajador en misión pasara de una temporal a otra fue eliminado. Ahora está expresamente prohibido”, afirmó Amador.

También será obligatorio que todas las empresas revisen y actualicen su reglamento interno de trabajo. “Se deben incluir nuevos permisos como los de asistencia escolar, trámites administrativos o judiciales, además de incorporar un nuevo proceso disciplinario laboral conforme a la reforma”, señaló.

¿Aumentará el desempleo con la reforma laboral?

Aunque no hay una respuesta concluyente, Amador considera que el efecto en el empleo dependerá de la capacidad financiera de las empresas para adaptarse a las nuevas condiciones.

“No podemos asegurar que la reforma genere desempleo, pero sí habrá un encarecimiento de los costos laborales. Las medianas y pequeñas empresas que ya venían con dificultades en sus nóminas, y que no acceden a subsidios, podrían verse aún más presionadas”, advirtió.

Sin embargo, recalcó que la formalización depende, en gran medida, de la voluntad empresarial. “Nuestra experiencia nos muestra que la intención de contratar formalmente nace del deseo del empresario de cumplir la ley, no necesariamente del número de normas que existan”.

Reforma laboral de Petro
Reforma laboral en Colombia. Foto: María Fernanda Carrascal

Lo que deben tener en cuenta empleadores y trabajadores

Amador enfatizó que tanto empresas como empleados deben prepararse y conocer a fondo los cambios.

“Hay que tener claridad sobre los plazos, cómo se implementan los cambios, y sobre todo fomentar un diálogo transparente dentro de las organizaciones. La desinformación puede generar tensiones innecesarias que se evitan con capacitación y comunicación”, recomendó.

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Cesantías, intereses y nuevas alternativas de pago

Otro cambio positivo está relacionado con las cesantías. “La reforma permite que el empleador pague mensualmente los intereses a las cesantías y que las mismas cesantías puedan entregarse directamente al trabajador, siempre que se verifique que el uso está autorizado por la ley”, explicó.

Esto, según el abogado, aligera la carga administrativa y da flexibilidad a las partes.

Contrato de aprendizaje: ¿laboral o académico?

Uno de los puntos que más dudas genera es la nueva condición del contrato de aprendizaje, especialmente en su fase práctica, la cual será considerada ahora como un contrato laboral.

“No compartimos del todo esta figura. En la fase lectiva, cuando el aprendiz asiste al Sena, no hay prestación de un servicio, pero se obliga a la empresa a pagar riesgos laborales. No tiene mucho sentido”, comentó.

Además, señaló que el cambio obedece a un interés sindical. “La intención es permitir que los aprendices se afilien a sindicatos, como lo expresó el propio presidente Petro en la sanción de la ley. Pero desde la teoría del derecho laboral, el contrato de aprendizaje no es un contrato laboral tradicional”.

La reforma laboral de 2025 representa un cambio estructural en la manera como se regulan las relaciones de trabajo en Colombia. Trae retos importantes para los empresarios, pero también abre oportunidades para una contratación más moderna y flexible.

Para Juan Esteban Amador, el mensaje principal es: “Esta es una reforma que obliga a actuar con responsabilidad, planificación y diálogo. No se trata solo de cumplir la ley, sino de construir mejores relaciones laborales para todos”.