La Corte Constitucional suspendió de forma provisional los impuestos a las generadoras de energía eléctrica. Lo anterior lo hizo a través de la suspensión provisional de los decretos 1390 de 2025 y el decreto legislativo 0044 del 21 de enero de 2026.
El órgano determinó que la medida estará en vilo hasta que tome una decisión definitiva sobre la constitucionalidad del decreto.

Cabe recordar que el Gobierno espera que las generadoras hagan un aporte de 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos, que hayan tenido durante 2025.
A la vez, el Ejecutivo estipuló un “pago en especie” de 12 % de la energía vendida en la bolsa del mercado mayorista. Este tributo está dirigido a las empresas que desarrollen generación eléctrica hidráulica en el mercado mayorista con despacho descentralizado.
Estas medidas fueron promulgadas con el objetivo de solucionar el problema financiero de Air-e, empresa de servicios públicos del Caribe, que está intervenida desde 2024.
Desde que la Superintendencia de Servicios Públicos nombró al primer agente interventor a mediados de ese año, hasta enero de 2025, cálculos de cifras del propio Ministerio de Minas y Energía permiten concluir que las deudas de esta empresa aumentaron casi 300 % desde su intervención.
Compañías generadoras e incluso transmisoras de energía, como ISA, reclaman que Air-e se convirtió en un problema que pone en riesgo el sistema eléctrico colombiano, ya que esta compañía recibe la energía, pero no paga con ella, lo que genera presiones de caja en las empresas de la cadena. Air-e opera en Atlántico, Magdalena y La Guajira.
Según han manifestado algunos analistas, como el exministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta, el mecanismo que está utilizando el Gobierno consiste en cobrar impuestos a las generadoras con el fin de saldar las cuentas de la deuda de Air-e, empresa de servicios públicos del Caribe, con ese mismo sector de la cadena energética.
En otras palabras, lo que se pretende es que las compañías paguen un tributo para terminar cubriendo lo que Air-e les adeuda.
Por otro lado, de acuerdo con lo señalado por Isagen y Andeg (Asociación Nacional de Empresas Generadoras) ante la Corte, el decreto es inconstitucional, y en caso de continuar vigente, generaría efectos adversos, al ir en contra de los derechos de las compañías y ocasionarles perjuicios por lo que, según afirman, es una obligación que debe asumir el Gobierno con recursos del presupuesto público.




