La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió de manera provisional el traslado anticipado de ahorros pensionales desde los fondos privados hacia Colpensiones. La medida detiene lo ordenado por el Gobierno Nacional a través del Decreto 415 de 2026.
La corporación consideró que la disposición gubernamental podría contradecir lo establecido en la Ley 2381 de 2024. Dicha ley permite el cambio excepcional de régimen, pero ordena que el dinero permanezca en los fondos privados hasta que se cumplan los requisitos de jubilación.
El Decreto 415 de 2026 exigía que las administradoras privadas trasladaran los recursos de forma inmediata. El cronograma fijaba un primer giro del 50 % en un plazo de 20 días y el restante 50 % en los 10 días posteriores.
¿Por qué el Consejo de Estado suspende provisionalmente traslado de pensiones?
El Consejo de Estado tramitó la solicitud con urgencia ante la brevedad de los plazos fijados por el Ejecutivo. El tribunal argumentó que, de seguir el trámite ordinario, el traslado se habría consumado antes de proferir una decisión judicial efectiva.
Para los magistrados, el decreto modificó una regla de tiempo ya definida por el Congreso de la República en la ley marco. La providencia recordó que la facultad del presidente para reglamentar leyes no permite alterar su contenido ni sustituir funciones del legislador.
La suspensión será temporal mientras la Sección Segunda adelanta el estudio de fondo sobre la legalidad de la medida. Con esta decisión, se busca definir si la disposición gubernamental debe ser anulada definitivamente por exceder el marco legal vigente.
La decisión está en línea con lo solicitado la semana anterior por Asofondos, gremio de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que demandó el decreto, argumentando que el Ejecutivo habría excedido sus facultades.

Esto teniendo en cuenta que la reforma pensional solo permite trasladar los recursos ahorrados de quienes ya estén jubilados y no de todas las personas que se trasladaron de fondos privados a Colpensiones gracias a la «ventana de oportunidad», que incluyó a personas con 10 años o menos para pensionarse.
De hecho, la agremiación calificó esta medida como “cierto, grave e irreversible”, tanto para los afiliados como para el sistema pensional en su conjunto.
Por su parte, el Gobierno Nacional ha defendido la medida y ha señalado que los afiliados ya hacen parte de Colpensiones, por lo cual todos sus ahorros deberían estar bajo este régimen.




