Miles de pensionados en Colombia deben cumplir una serie de requisitos ante los fondos de jubilación del país, ya sea Colpensiones o una de las administradoras privadas.
De acuerdo con la ley, se deben llevar a cabo actualizaciones para mantener informado al fondo y, de esta manera, no poner en riesgo la correcta entrega de la mesada.

Justamente, todos los pensionados en Colombia que cambien su cuenta de ahorros deben informar a sus respectivos fondos sobre esta actualización para seguir recibiendo el pago cada mes.
Sin embargo, hay otros jubilados que deben tramitar requisitos adicionales por su condición o por su tipo de jubilación.
Pensionados en Colombia que deben hacer una importante actualización de información
De esta manera, y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 100 de 1993, el estado de invalidez puede ser revisado cada tres años, a solicitud de la entidad de previsión o seguridad social correspondiente, tanto en Colpensiones como en los fondos privados de pensiones o las Administradoras de Riesgos Laborales.
La norma vigente agrega que los pensionados en Colombia también tienen derecho a solicitar la revisión, en cualquier momento y por iniciativa propia, si consideran que su condición ha empeorado y requieren un reajuste de la mesada.

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En estos casos, los fondos pensionales solicitan a los titulares de las mesadas la historia clínica completa y actualizada. Además, se debe adjuntar el formulario de solicitud de revisión, el documento de identidad y los exámenes puntuales que sean requeridos.




