Colombia declaró no viable devolución de títulos mineros de Prodeco

La Agencia Nacional de Minería de Colombia declaró no viable la solicitud de renuncia a los títulos mineros de Prodeco, radicada el 4 de febrero de 2021.

Gobierno Petro demandó a Prodeco por liquidación de títulos mineros en Cesar
Gobierno Petro demandó a Prodeco por liquidación de títulos mineros en Cesar. Foto: Diario del Cesar

La Agencia Nacional de de Colombia (ANM) anunció este miércoles que declaró no viable la solicitud de renuncia a los títulos mineros de Prodeco, que se radicó el cuatro de febrero de 2021. Para más infromación de minería haga clic aquí.

Según el equipo de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera, frente al contrato HKT-08031, la evaluación arrojó que «a la fecha de la presentación de la renuncia existían obligaciones incumplidas, correspondientes estas de manera específica a las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla)”.

Cabe recordar que, el cuatro de febrero de este año, el presidente de la Sociedad Carbones de La Jagua S.A., titular del contrato de las concesiones No. HKT-08031 y DKP-141, presentó renuncia a los mismos.

Además, la encontró que, al momento de la renuncia, no se habían aportado los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007.

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De acuerdo con el presidente de la ANM, Juan Miguel Durán, “hemos trabajado de manera articulada, respetando el debido proceso y otorgándole todas las garantías al titular durante el proceso. Así, como resultado de la evaluación de la solicitud de renuncia presentada dentro de los títulos DKP-141 y HKT-08031, no es posible para la entidad dar viabilidad a la solicitud de renuncia por no encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales al momento de presentar la renuncia, tal como lo exige el código de minas”.

Así las cosas, se declaró inviable la renuncia de Prodeco a esos dos títulos, conforme al artículo 108 de la Ley 685 de 2001 que establece como requisito estar al día en todas las obligaciones al momento de la solicitud. Hay que decir que los demás siguen en etapa de evaluación, tal y como lo dio a conocer la ANM.

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No obstante, es preciso decir que la empresa podrá interponer recursos de reposición en los diez días hábiles siguientes a la notificación, periodo que entró en vigor el martes seis de abril de 2021. Cabe resaltar que Prodeco tendrá la posibilidad de presentar la solicitud de renuncia a los contratos de concesión de nuevo.

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