Atención | Corte suspende cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio, pero solo para un grupo de empresas

El impuesto que se aplicó a empresas con patrimonios de más de $10.000 millones ya tuvo un primer cobro el pasado 1 de abril. El otro se aplicará en mayo.

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La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional del cobro de la segunda cuota de impuesto al patrimonio, la cual está programada para este lunes, 4 de mayo.

Eso sí, la medida cautelar solo se aplicará para las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) pertenecientes al régimen especial y para aquellas organizaciones que se encuentren actualmente en proceso de liquidación.

La decisión del alto tribunal afecta lo dispuesto específicamente en el artículo 5 del Decreto 173 del 24 de febrero de 2026.

¿Por qué se frenó el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio?

Dicha norma adoptó medidas tributarias relacionadas con el impuesto al patrimonio con el fin de cubrir gastos del Presupuesto General de la Nación, destinados a atender el estado de emergencia que fue declarado previamente mediante el Decreto Legislativo 150 de 2026.

Respuesta a la emergencia por lluvias
El Gobierno decretó la emergencia económica en febrero, debido a las fuertes lluvias que afectaron a diversos departamentos. Foto: Ungrd.

La suspensión se mantendrá vigente hasta que la Sala Plena de la corporación profiera una decisión de fondo sobre la materia.

La determinación judicial se tomó tras una votación que finalizó con 6 votos a favor y 3 en contra. En el marco de esta decisión, los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño, Juan Carlos Cortés y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto. Asimismo, se presentaron aclaraciones de voto por parte de las magistradas Natalia Ángel Cabo y Lina Escarbar Martínez, además del magistrado Carlos Camargo Assis.

Con este pronunciamiento, el cobro de la obligación tributaria para este grupo específico de contribuyentes queda congelado temporalmente mientras avanza el estudio de constitucionalidad del decreto de emergencia.

En contraste, el resto de las empresas sí deberán pagar la segunda cuota del impuesto, siempre y cuando tengan $10.000 millones o más de patrimonio. Según cálculos del Ministerio de Hacienda, el universo de firmas a las que les aplica este tributo llega a unas 15.000 y su recaudo supera los $8 billones.

Ministro de Hacienda, Germán Ávila
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, ha señalado que el recaudo por este gravamen supera los $8 billones. Foto: Valora Analitik.

Las compañías ya hicieron un primer pago el pasado 1 de abril y tendrán que aplicar el restante el próximo lunes, pese a los constantes pedidos de gremios y compañías de suspender totalmente el cobro, debido al impacto que viene teniendo en los balances del primer trimestre.

De hecho, la presidenta del Consejo Gremial, Natalia Gutiérrez, aseguró recientemente que «cada día que pasa sin un pronunciamiento que dé claridad sobre su legalidad se está consolidando un daño patrimonial irreversible para miles de empresas y puestos de trabajo en Colombia».