La DIAN dio a conocer las fechas y plazos para la declaración de renta y el eventual pago de ese impuesto para las personas naturales en Colombia.
De acuerdo con la disposición, la información que se entrega a la ciudadanía es clave para evitar cualquier tipo de sanción o multa.
Dice la disposición de la DIAN que las personas naturales en Colombia deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2023 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas.
- Pago primera cuota: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de febrero. Es decir, entre el 9 y el 22 de febrero de 2024
- Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de abril. Es decir, entre el 9 y el 22 de abril de 2024
- Pago tercera cuota: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de junio. Para 2024, entre el 13 y el 26 de junio
Mas disposiciones sobre la declaración de renta en Colombia para 2024
“Entre tanto, los Grandes Contribuyentes obligados al pago de los puntos adicionales del impuesto sobre la renta tendrán que liquidar un anticipo por el año gravable 2024.
Dice la DIAN que este último será calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2023, y su pago estará dividido en dos cuotas iguales.
Adicionalmente, “las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes, deberán presentar la declaración y efectuar, en dos cuotas iguales, el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario año”.
Esa presentación de la declaración de renta deberá hacerse así:
- Presentación de declaración y pago de primera cuota: Entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo: del 10 al 24 de mayo de 2024
- Pago segunda cuota: Entre el séptimo y décimo sexto día hábil de julio. Del 10 al 23 de julio de 2024
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“En las fechas antes mencionadas, es decir, en los mismos plazos definidos para las personas jurídicas, las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial también deberán hacer la presentación y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2023”, concluye la DIAN.
De acuerdo con la DIAN, estos corresponden a asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas -IVA, cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.
Además de los siguientes requerimientos:
- Que el patrimonio bruto en el último día del gravable a declarar no exceda cuatro mil quinientas (4.500) UVT
- Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT
- Que el valor total de compras y consumos no supere las mil cuatrocientas (1.400) UVT
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT