Declaración de renta sugerida en Colombia: ¿Qué es y cuándo la envían?

Este mecanismo se sustenta en los datos reportados por terceros (información exógena).

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Bogotanos podrán acogerse a un 50% de descuento en los intereses de deudas de impuestos. Foto: Archivo particular Valora Analitik.

En el marco de opciones que tienen los colombianos a los que les toca declarar el impuesto a la renta, la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tiene a disposición la declaración sugerida.

Este mecanismo se sustenta en los datos reportados por terceros (exógena), que al final la DIAN pone a consideración de las personas naturales obligadas a declarar Renta.

Entonces, entre la información que ya viene diligenciada a manos de la DIAN está: patrimonio bruto, deudas, ingresos brutos por rentas de trabajo, ingresos brutos por rentas de capital, ingresos brutos rentas no laborales, así como los ingresos no constitutivos de renta (rentas de trabajo, capital y no laborales).

Adicionalmente, también se tienen en cuenta los aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC (rentas de trabajo, capital y no laborales), al tiempo que hay otras rentas exentas (rentas de trabajo).

La declaración de renta sugerida también trae consigo la cédula ingresos brutos por renta de pensiones del país y del exterior, la cédula de dividendos y participaciones y los ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior.

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Finalmente, también hacen parte las casillas de anticipo renta liquidado año anterior, el saldo a favor del año gravable anterior y las retenciones año gravable a declarar.

Más detalles de la declaración de renta sugerida

“La información de la declaración sugerida es de orientación general para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias (…) La aceptación de la declaración sugerida no exime de las facultades de fiscalización contempladas en el artículo 684 del Estatuto Tributario”, recuerda la DIAN.

Ahora, para conocer si se tiene una declaración de renta sugerida se puede consultar en www.dian.gov.co, en el Portal Transaccional, haciendo uso de datos como usuario registrado y digitando datos y contraseña.

Finalmente, recuerda la DIAN que se puede editar toda la información contenida en el formulario, teniendo en cuenta que solo el declarante conoce la realidad jurídica, económica y financiera.

En caso de contener errores la información en el marco de la declaración sugerida “la DIAN no puede hacer correcciones sobre esta información. En caso de encontrar datos que no correspondan a la realidad jurídica, económica y financiera, hay que contactarse directamente con quien reportó los datos para que realice la corrección”.

Finalmente, desde la DIAN informaron que el envío de estas declaraciones sugeridas de renta se empezaría a realizar desde finales de julio o inicios de agosto.

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