Fitch Ratings dio a conocer que eliminó la revisión negativa (Rating Watch Negative) a la calificación ‘BB+’ de las notas senior garantizadas de la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional (Opain).
En esa misma decisión, la agencia anuncia que las colocó en perspectiva negativa. Opain, hay que recordar, es la concesionaria del Aeropuerto Internacional El Dorado en Bogotá, Colombia.
De acuerdo Fitch, la decisión refleja la reducción de las preocupaciones de la agencia con respecto a su liquidez a corto plazo.
El informe de Fitch indica que las notas calificadas coexisten “pari-passu con dos créditos denominados en pesos colombianos, por montos de $100.000 millones y $315.000 millones, con vencimiento en octubre de 2025 y diciembre de 2028, respectivamente”.
Lo anterior tiene en cuenta el resultado de un desempeño de ingresos y tráfico mejor de lo esperado en el último trimestre de 2021 y durante los primeros dos meses de 2022.
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Sin embargo, dijo, la asignación de la perspectiva negativa refleja la incertidumbre con respecto al ritmo de recuperación del tráfico, “donde una recuperación más lenta podría reducir la capacidad del proyecto para cumplir con sus obligaciones operativas y financieras”, dijo la agencia calificadora.
Más perspectivas
Para Fitch, lo anterior toma relevancia en la medida en que existe un monto remanente de derechos de concesión a partir de 2020 que debe pagarse a junio de 2022, de aproximadamente $60.000 millones.
“La calificación refleja al aeropuerto El Dorado como un activo estratégico para Colombia, siendo la principal puerta de entrada al país y el tercer aeropuerto más grande de América Latina en términos de volumen de tráfico”, agrega el análisis.
Siendo el Aeropuerto El Dorado sustancial para Opain, se tiene en cuenta que el contrato de concesión establece que los ingresos regulados se ajustan anualmente para seguir el 95 % del IPC de Colombia o de Estados Unidos, dependiendo de la denominación de la moneda de la tarifa.
Bajo ese contexto, dice Fitch que pueden ocurrir aumentos extraordinarios en las tarifas en caso de que la inflación se mueva en más del 10 %, desde la última actualización de tarifas.
Atendiendo también el hecho de que los ingresos comerciales no están sujetos a un mecanismo de ajuste de tarifas y se negocian en acuerdos privados con cada arrendatario.
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