Gobierno Petro expide regulación clave para los negocios fiduciarios en Colombia

La Unidad de Regulación Financiera (URF) destacó que, con la norma Colombia adopta, por primera vez, una regulación integral aplicable a este sector.

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El Gobierno publicó un decreto mediante el cual se regulan de manera integral los negocios fiduciarios y se define la actividad.

El Decreto 0510 de 2026, además de especificar lo que es un negocio o servicio fiduciario y sus riesgos, establece cuáles son los elementos mínimos que deberán incluir los contratos fiduciarios para brindar mayor claridad y protección a quienes participan o tienen derechos derivados de estos negocios.

La Unidad de Regulación Financiera (URF) destacó que, con la norma Colombia adopta, por primera vez, una regulación integral aplicable a este sector.

El decreto también establece criterios para la supervisión de estas actividades por parte de la Superintendencia Financiera, incluyendo el reporte de las distintas tipologías de negocios fiduciarios y su clasificación.

Adicionalmente, fortalece la protección al consumidor financiero mediante reglas orientadas a garantizar una mejor entrega de información a las partes del contrato y a terceros con derechos económicos derivados del negocio fiduciario, incluso cuando no hayan participado directamente en su celebración.

Lo que resuelve el decreto

Bajo esta nueva reglamentación, se define el negocio fiduciario como aquel negocio jurídico celebrado en virtud de las operaciones autorizadas a las sociedades fiduciarias respecto a la fiducia mercantil y el encargo fiduciario.

Hasta ahora, a pesar de que la industria fiduciaria gestiona la mayoría de los activos del sistema financiero —superando incluso a los establecimientos de crédito—, este sector presentaba un menor desarrollo regulatorio dentro del marco financiero general. Con esta expedición, el Gobierno subsana la falta de claridad que anteriormente generaba controversias judiciales e incertidumbre en la supervisión.

Según el documento técnico del decreto, el objetivo primordial de esta reglamentación es salvaguardar los intereses de los consumidores financieros y propender por la transparencia en los mercados. Por ello, el Gobierno busca consolidar un marco que potencie el crecimiento de mecanismos de financiación en sectores líderes como la vivienda e infraestructura, donde las fiduciarias ya administran recursos por miles de millones de pesos.

Así mismo, se pretende crear los incentivos adecuados para que las sociedades fiduciarias actúen como agentes dinamizadores de la economía bajo estándares de seguridad y confianza pública.

La reglamentación establece una estructura robusta basada en cinco principios orientadores: segregación patrimonial, profesionalidad, prevalencia de los intereses del negocio, previsión y transparencia.

Entre los temas destacados, el decreto determina que las entidades deberán realizar un análisis documentado de riesgos fiduciarios desde la etapa precontractual y construir una matriz de riesgos que deberá estar a disposición de los clientes. También obliga a las firmas a incluir mecanismos de información conjuntos, procedimientos de liquidación claros y condiciones para la valoración de bienes.

Y en una medida clave para la protección de los compradores de vivienda, se establece la obligación de verificar la existencia de un interventor para el seguimiento técnico y de construcción del proyecto.

El decreto rige a partir del día siguiente a su publicación. No obstante, se establece un régimen de transición de doce meses para que la Superintendencia Financiera de Colombia imparta las instrucciones necesarias, mientras que los negocios que ya se encuentran en desarrollo continuarán rigiéndose por las normas vigentes al momento de su celebración.

Consulte aquí el texto completo del decreto.