El Gobierno del presidente Gustavo Petro prepara una nueva modificación en los estatutos sociales de Ecopetrol, la principal empresa de Colombia, con el objetivo de permitir que un trabajador de planta tenga voz y voto en la Junta Directiva.
La iniciativa, que deberá ser aprobada por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas convocada para el próximo 11 de noviembre de 2025, hace parte del paquete de transformaciones que el Ejecutivo ha venido impulsando en la petrolera estatal desde su llegada al poder.
Esta propuesta de reforma estatutaria se apoya en la decisión tomada durante la Asamblea General de Accionistas de marzo de 2025, en la que se avaló incluir un representante de los trabajadores en la lista de candidatos que la Nación presenta para integrar la Junta Directiva de Ecopetrol.
El cambio busca “democratizar” el máximo órgano de gobierno corporativo de la compañía, integrando por primera vez a un empleado activo dentro del equipo que define el rumbo estratégico, las inversiones y las políticas de transición energética del grupo empresarial.
Según el texto propuesto, se adicionará un nuevo parágrafo tercero que establece que, en las reuniones donde se elijan los integrantes de la Junta Directiva, se incluirá en el séptimo renglón de la lista de candidatos de la Nación a una persona trabajadora elegida mediante votación interna.
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Este proceso se realizará entre los empleados de Ecopetrol con contrato laboral directo e indefinido, y su resultado será remitido al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de incluir el nombre en la lista oficial de postulados.
Requisitos para el nuevo representante de la Junta Directiva de Ecopetrol
El trabajador o trabajadora que aspire a este puesto deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos a cualquier miembro de la Junta, según lo establecido por los estatutos y la ley.
Sin embargo, el texto aclara tres limitaciones adicionales: el candidato no podrá hacer parte de juntas o comités sindicales, no podrá reportar directamente al presidente de la compañía y no podrá ocupar cargos en las vicepresidencias o direcciones de auditoría interna y cumplimiento.
Antes de la votación, la Junta Directiva o un comité designado por ella deberá verificar que las personas postulantes cumplan los requisitos exigidos.
Quienes no los cumplan no podrán participar del proceso. Si el trabajador elegido pierde alguno de los requisitos, renuncia o no acepta la nominación, será reemplazado por quien haya obtenido la siguiente votación más alta.
Solo en caso de no existir candidatos habilitados, Ecopetrol deberá realizar una nueva votación entre los empleados.
La elección, además, no implicará un cambio en el contrato laboral ni en las funciones del empleado dentro de la empresa. Su rol en la Junta será estrictamente como miembro del órgano de gobierno, con las mismas responsabilidades y deberes que los demás directores.
Para garantizar la transparencia del proceso, se adiciona una nueva función al presidente de Ecopetrol: reglamentar, mediante la normatividad interna, los detalles del proceso de postulación y votación de los trabajadores, estableciendo los mecanismos y cronogramas que aseguren la participación efectiva.
Cambios adicionales en los estatutos
La propuesta de reforma también introduce ajustes en otros artículos de los estatutos sociales. Entre ellos, se encuentra la modificación del parágrafo quinto del artículo 20, que regula los honorarios de los miembros de la Junta Directiva.
Este establece que la remuneración será fijada por la Asamblea General de Accionistas, tomando en cuenta la responsabilidad del cargo y las condiciones del mercado. Además, los pagos por asistencia a reuniones de la Junta y de sus comités serán iguales y solo aplicarán a quienes sean miembros activos de dichos espacios.
La compañía deberá publicar esta información en su página web oficial, reforzando la transparencia en los pagos a los miembros de la Junta.
Otro cambio relevante se encuentra en el parágrafo primero del artículo 22, sobre el quórum de las reuniones de la Junta Directiva. Con la nueva redacción, se permitirá que la Junta continúe deliberando y tomando decisiones mientras se conserve el número mínimo de integrantes necesarios para constituir quórum, incluso si existen vacantes sin suplir.
En estos casos, la Asamblea de Accionistas podrá ser convocada posteriormente para recomponer el órgano, de acuerdo con la normatividad vigente.
Eliminación y adición de funciones
La propuesta elimina un apartado considerado clave en la versión anterior de los estatutos: la disposición que establecía la vigencia transitoria de la política de sucesión de los miembros de la Junta Directiva.
A partir de la reforma, esta política dejará de tener carácter transitorio y se mantendrá la vigente hasta que la Asamblea apruebe una nueva.
De forma paralela, se adiciona una nueva función al presidente de la compañía, que le otorga la facultad de expedir la reglamentación interna sobre el proceso electoral del representante de los trabajadores ante la Junta Directiva.
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Este ajuste formaliza la participación laboral dentro de la estructura de gobierno y consolida la responsabilidad de la administración en su implementación.
Asimismo, se incorpora un parágrafo tercero al artículo 49, que reconoce expresamente que los trabajadores pueden ser parte de la Junta Directiva y deberán asumir las mismas obligaciones legales que cualquier otro administrador, incluyendo la responsabilidad sobre las decisiones que afecten el desempeño financiero, operativo o ambiental de la empresa.
Un cambio en la visión corporativa de Ecopetrol
De aprobarse, esta reforma representaría uno de los cambios más significativos en la historia de Ecopetrol, fundada en 1951, y consolidaría la visión del Gobierno Petro de fortalecer la participación laboral y ciudadana en las empresas estatales.
El Ejecutivo ha defendido esta iniciativa como un paso hacia una “democracia económica”, en la que los trabajadores puedan incidir directamente en la dirección de las compañías públicas.
El nuevo modelo también se enmarca en el giro estratégico que el Gobierno busca imprimirle a Ecopetrol: una empresa más comprometida con la transición energética, la diversificación de fuentes de ingreso y la producción de energías limpias como la solar y la eólica.
Desde 2022, la petrolera ha venido modificando su estructura para adaptarse a esta visión, incluyendo la flexibilización de requisitos para permitir la entrada del actual ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, a la Junta Directiva, pese a que inicialmente no cumplía con todos los criterios exigidos.
Sin embargo, la reforma no ha estado exenta de críticas. Sectores opositores y analistas del mercado advierten que incluir a un trabajador en la Junta Directiva puede generar conflictos de interés o tensiones internas, especialmente en decisiones sensibles relacionadas con la negociación sindical o la distribución de utilidades.
Otros, en cambio, consideran que el cambio podría fortalecer la legitimidad interna de las decisiones y acercar la dirección corporativa a la realidad del personal operativo de la compañía.
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Lo cierto es que, de acuerdo con expertos, si la Asamblea Extraordinaria de noviembre aprueba los cambios, Ecopetrol se convertirá en la primera gran empresa estatal colombiana en abrir un espacio formal a la representación de sus trabajadores en el máximo órgano de dirección, consolidando una reforma de carácter simbólico, político y estructural en la historia económica reciente del país.
Lea todos los cambios propuestos a los estatutos sociales de Ecopetrol aquí.