Colombia estrena nuevo tipo de licencia de conducción: ¿a quiénes aplica?

El Gobierno de Colombia lanzó un nuevo tipo de licencia de conducción, que permitirá que personas con sordera profunda puedan manejar.

Licencia de conducción en Colombia
Licencia de conducción en Colombia. Foto: archivo Valora Analitik

El Gobierno de Colombia expidió una resolución que permitirá que personas con sordera profunda accedan a la licencia de conducción para vehículos de transporte particular.

Esta norma se dicta luego de tres años de equipos de trabajo entre entidades públicas y privadas. Lea más Finanzas Personales.

En la iniciativa, participaron la Federación Nacional de Sordos de Colombia (Fenascol) y el , con apoyo técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Así mismo, estuvieron presentes el Instituto Nacional para Sordos (Insor), la Consejería Presidencial para la Participación de Personas con Discapacidad y miembros de la academia.

La ministra de , Ángela María Orozco, aseguró que “la consolidación de esta reglamentación es resultado de un intenso trabajo y análisis, desarrollado en equipo por el sector transporte y la comunidad sorda”.

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A este punto se llegó luego de valorar un estudio realizado por la Universidad de los Andes y un análisis del Insor.

Los documentos concluyeron que, en vehículos particulares, no hay resultados concluyentes para la asociación entre limitaciones auditivas y la tasa de siniestros y habilidades para conducir.

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Los vehículos de personas con sordera profunda deberán ser adaptados para que las personas puedan manejarlos. Foto: MinTransporte Colombia

Así, se fijaron medidas para conductores con pérdida auditiva, a partir de guías de buenas prácticas adoptadas por países como Australia, Canadá y Reino Unido.

Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), resaltó la importancia de crear condiciones para la movilidad de todas las personas y destacó que la seguridad vial es una construcción colectiva.

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“Por años, la comunidad sorda solicitó condiciones para acceder a la licencia de conducción de vehículos particulares y hoy el legado del Gobierno es esta resolución, que les permite ejercer su autonomía en este medio de transporte”, dijo.

Y agregó que la ANSV deja las bases para que se sigan construyendo reglamentos, de tal modo que el alcance llegue al transporte público.

Abecé de la nueva licencia

De acuerdo con la resolución, autoridades de tránsito y organismos de apoyo tendrán un año para garantizar la accesibilidad y establecer canales de atención incluyentes para personas con pérdida auditiva.

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Además, fija que cuando se otorgue la licencia a una persona con pérdida auditiva moderada, moderadamente severa, grave o profunda, deberá dejarse la anotación en el anverso de la misma.

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Estas son las adaptaciones vehiculares que deben realizarse para aplicar a la licencia de conducción de personas con pérdida auditiva.

Así las cosas, para conducir vehículos particulares, una persona con pérdida auditiva entre 26 y 40 decibeles (leve) no requerirá ninguna adaptación en su vehículo.

Si la situación es moderada (entre 41 a 55 decibeles) se requerirá ayuda visual adicional en el vehículo: espejo retrovisor panorámico interior, dos espejos laterales convexos y portar el símbolo de sordera visible.

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Lo mismo aplicará para personas con pérdida auditiva entre 56 a 70 decibeles (moderadamente severa), entre 71 a 90 decibles (grave) y cuando esta condición sea profunda.

Vale señalar que el próximo gobierno deberá realizar estudios adicionales para definir las condiciones que permitan aplicar esta medida en el servicio público de transporte.

Para esto, la ANSV tendrá tres años para realizar los análisis pertinentes que permitan aumentar la cobertura de esta política a personas con pérdida auditiva.

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