Nuevo régimen busca blindar a Colombia de billonarias pérdidas por contrabando, pero expertos dudan de su implementación

Tras años de requerimientos de la Corte Constitucional y la urgencia de resolver un vacío jurídico, el país estrenó su Régimen Sancionatorio Aduanero.

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Colombia dio un paso trascendental en la modernización de su comercio exterior con la aprobación en el Congreso de la República del nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero y la sanción de la ley por parte del presidente de la República.

Tras años de requerimientos de la Corte Constitucional y la urgencia de resolver un vacío jurídico que ponía en riesgo más de $7 billones en recursos de la Nación, el país cuenta ahora con un marco legal conciliado que busca equilibrar la autoridad de control con la facilitación comercial.

Sin embargo, expertos y exfuncionarios señalan que la realidad operativa de la DIAN sigue siendo un reto, pues la entidad aún tiene un déficit de personal, con cerca de 5.000 cargos por proveer, y a la fecha no se ha implementado el prometido sistema de gestión aduanera.

Uno de los puntos destacados de la reforma es que fue producto de un esfuerzo de concertación entre el Gobierno y el sector privado. El director general de la DIAN, Carlos Betancourt, contó que el texto final, compuesto por 114 artículos, fue producto de 39 mesas técnicas y más de 120 horas de discusión donde participaron gremios, academia y congresistas de todas las bancadas.

Betancourt calificó el resultado como una «síntesis difícil» que permite fortalecer a la autoridad aduanera mientras se simplifican trámites y sanciones para los usuarios que operan legalmente. «Más allá de los acercamientos técnicos, se consiguió la comprensión de que este es un propósito superior para el país», afirmó ante la plenaria del Senado.

Soluciones a problemas de «vieja data»

En términos generales, la ley fortalece las facultades de fiscalización y control de la DIAN. De hecho, resuelve controversias históricas que, según expertos, generaban inseguridad jurídica y arbitrariedad. De hecho, el Gobierno insistió durante todo el trámite en el Congreso en que se incluyeron instrumentos que garantizan y minimizan actuaciones discrecionales o arbitrarias, como causales de exoneración de responsabilidad, reducción de las sanciones, proporcionalidad según gravedad y tipificación de errores formales no sancionables.

«El nuevo régimen prioriza la acción sancionatoria sobre conductas con impacto real, refuerza la lucha contra el contrabando —tanto técnico como abierto— y consolida la Auditoría Posterior al Despacho (APD) como herramienta central de control. En ese sentido, la DIAN gana en precisión y legitimidad», aseguraron los expertos de la firma de abogados Brigard Urrutia, José Francisco Mafla y María Emilia Giraldo.

Del mismo modo, César Camilo Cermeño, director de la Especialización en aduanas, puertos, cambios y logística de la Universidad de los Andes, calificó como un avance significativo el elevar a rango legal estos aspectos que antes se encontraban dispersos entre normas o ni siquiera aparecían.

“Si algo sabemos los litigantes es que las controversias y litigios no se generan solamente por la textura abierta del lenguaje, los vacíos regulatorios o las antinomias normativas, lo que causa el litigio son los intereses en pugna. Sin embargo, que exista un cimiento sólido normativo efectivamente reducirá litigios que antes se causaban por aspectos que se superaron”, señaló.

Por ejemplo, la nueva ley establece un tratamiento diferenciado y proporcional entre las conductas que implican falsedad o fraude deliberado y aquellas que pueden calificarse como errores involuntarios.

En el primer caso, la ley se endureció para actuar con la máxima severidad cuando el contrabando se origina por la utilización de medios irregulares (documentos alterados, información falsa para inducir a error) o la simulación de operaciones. Aquí, la sanción principal es la cancelación definitiva de su autorización, registro o licencia, lo que se conoce como la pena de muerte comercial, contrario a las suspensiones temporales que aplicaban antes.

A esta se sumaron multas del 100 % del valor FOB de la mercancía, sin que sea inferior a 4.000 UVT (antes el límite era de 1.000 UVT) e investigaciones penales por parte de la Fiscalía.

Respecto al contrabando involuntario se simplificaron procesos al introducir el concepto de error formal no sancionable y se privilegia la debida diligencia para evitar que errores humanos o de sistema (digitación, transcripción, etc.) arruinen a las empresas legales, siempre y cuando no se hayan generado afectaciones (liquidación de tributos, cumplimiento de restricciones legales o control aduanero).

En este particular, el usuario tiene 30 días hábiles para corregir sin sanción y puede quedar exonerado de responsabilidad si demuestra que actuó con cuidado exigible, o sea que ejecutó planes de auditoría y monitoreo previamente.

«La norma fortalece las garantías procesales y la proporcionalidad de las sanciones, eso por supuesto mejora la seguridad jurídica. En todo caso, lo importante es encontrar un equilibrio: evitar sanciones desproporcionadas sin debilitar la capacidad de combatir el contrabando y el fraude aduanero», dijo Nicolás Potdevin, socio de Pérez-Llorca, Gómez-Pinzón.

Un modelo que se enfoca en lo preventivo

En Colombia, la DIAN ha identificado casos en los que se imita el ingreso o salida de mercancías que nunca ocurrieron físicamente, se utilizan documentos irregulares para simular el cumplimiento de obligaciones, se usan medios ilegales para obtener registros o sustentar operaciones y se reportan operaciones con proveedores que resultan ser ficticios, entre otros. La nueva ley sale un paso adelante a esas prácticas, por lo que, en ese sentido, representa un avance frente al modelo anterior.

Por otro lado, el nuevo régimen sancionatorio está diseñado para que el control aduanero sea la primera barrera contra la criminalidad organizada, así que la prioridad de la DIAN estará en adoptar medidas cautelares y de aprehensión cuando un importador no demuestre capacidad económica y financiera o no acredite el origen legal de los fondos para la operación.

Además, busca evitar que el flujo comercial sea utilizado para financiar actividades terroristas o la proliferación de armas de destrucción masiva por medio de transparencia en la cadena logística y control sobre mercancías de prohibida importación (como precursores químicos o armas).

«La tendencia del nuevo régimen parece orientarse hacia un enfoque más preventivo y basado en gestión del riesgo. En principio es positivo porque incentiva el cumplimiento, pero su éxito dependerá de una implementación técnica, coherente y justa», destacó Potdevin.

Para Cermeño también es evidente que en la nueva norma hay una filosofía orientada a una mayor gestión del riesgo y al cumplimiento voluntario, lo cual celebró bajo el argumento de que «en aduanas ser más punitivo que preventivo es perjudicial y paradójicamente beneficia más a los ilegales que a quienes desean hacer lo correcto».

Sin embargo, según Mafla y Giraldo, estos cambios no necesariamente se traducen en un mayor volumen de sanciones, pues aunque la ley incorpora de manera expresa principios fundamentales como legalidad, tipicidad, lesividad, proporcionalidad y culpabilidad, creen que aún falta una diferenciación más clara entre error involuntario, negligencia y fraude.

«Al menos tres aspectos relevantes quedaron incompletos: el limitado alcance de la corrección voluntaria, la ausencia de la gestión del riesgo como eje central del sistema y la falta de una doble instancia especializada, lo que podría dar lugar a nuevas zonas grises mientras la DIAN y la jurisprudencia desarrollan interpretaciones sobre los nuevos principios», lamentaron.

Los desafíos: tecnología y capacidad operativa

A pesar del optimismo por la nueva norma, expertos y exfuncionarios señalan que el papel aguanta todo, pero la fuerza del control no depende solo del marco normativo, sino de la capacidad operativa y tecnológica de la DIAN, particularmente de los sistemas informáticos.

Para César Camilo Cermeño, aunque el régimen sancionatorio es mejor que el decreto que lo precede, sin un sistema informático robusto se va a quedar en el control de un grupo reducido de usuarios aduaneros formales y visibles. «El régimen sancionatorio es solo una pieza de un rompecabezas más complejo y que debe ser mucho más sofisticado de lo que tenemos ahora», dijo.

En ello coincidió Potdevin: «Ninguna herramienta tecnológica será efectiva si no existe una infraestructura de información robusta, interoperable y confiable».

Incluso el director de la DIAN, Carlos Betancourt, reconoció en entrevista con Valora Analitik que la entidad aún tiene un déficit de personal, con cerca de 5.000 cargos por proveer para alcanzar los 22.000 funcionarios necesarios.

A esto se suma el hecho de que la ley incluye el uso de inteligencia artificial (IA) para detectar contrabando. El exdirector de la entidad, Lisandro Junco, recordó que el sistema informático actual es obsoleto. «Le están pidiendo a un Renault 4 que corra en Fórmula 1», sentenció.

No obstante, Betancourt defendió que la entidad está implementando un nuevo sistema de gestión aduanera, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que sustituirá plataformas problemáticas del pasado e introducirá de forma progresiva el análisis de riesgos basado en IA.

El organismo internacional le prestó al país US$250 millones, de los cuales se han gastado US$90 millones en el desarrollo, ejecución de pilotos y provisión de personal para modernizar la entidad no solo en el tema de aduanas sino además con un nuevo sistema de gestión tributaria, que se lanzó esta semana después de seis años de su anuncio, y que está encaminado a disminuir la evasión y generar nuevos elementos de control desde la analítica de datos.

Adicionalmente, el director reveló que antes de que finalice el gobierno se lanzará oficialmente una plataforma que sustituya a Lucia (Lógica de Utilización en el Control de Inteligencia Aduanera), la cual gestiona el control de riesgos, la selectividad aduanera y el tránsito de mercancías. “En muy poco tiempo vamos a tener un sustituto con propiedades de seguridad informática mucho más estrictas, ya lo terminamos, concluimos pruebas y ya está andando, dejamos todo listo; es un tema de días”, contó.

Desde la firma Brigard Urrutia, los analistas José Francisco Mafla y María Emilia Giraldo señalaron que otro reto pendiente es la plena integración de la gestión del riesgo como eje estructural, ya que, si la DIAN no fortalece su cultura interna, la ley podría quedar subutilizada en su dimensión preventiva y sobreutilizada en su componente sancionatorio.

“Parece ser que la intención sí es la de reducir ambigüedades y dar mayor claridad a los operadores. No obstante, como coloquialmente se dice, el diablo está en los detalles y solo la aplicación práctica permitirá determinar si efectivamente desaparecen las zonas grises que históricamente han generado controversias”, indicó Nicolás Potdevin, socio de Pérez-Llorca, Gómez-Pinzón.

Los recursos que mueve el contrabando

El proyecto de ley del nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero, que el Ministerio de Hacienda llevó al Congreso en octubre de 2025, tuvo que ser discutido en tiempo récord e incluso de forma paralela con otro de iniciativa parlamentaria impulsado por el sector privado apenas un mes después de que se radicara el del Gobierno, por lo que terminaron por unificarse.

La sanción presidencial de esta ley debía ocurrir antes del 20 de junio de 2026 para dar cumplimiento a lo establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-072 de 2025. De no haberse aprobado, el Estado se habría visto obligado a devolver mercancías aprehendidas por $211.000 millones y a archivar más de 11.000 procesos de fiscalización valorados en billones de pesos.

El director de la DIAN le contó a Valora Analitik que entre enero y mayo de este año se hicieron aprehensiones a precios constantes por $345.000 millones, esto es casi un 60 % más que en 2025 ($219.000 millones).

Con este nuevo marco, Colombia no solo conjura un riesgo fiscal de proporciones críticas, sino que blinda jurídicamente la lucha contra la subfacturación y el contrabando técnico, flagelos que representan pérdidas millonarias anuales para la industria nacional.

Sin embargo, el balance de los expertos en mixto, pues si la DIAN no fortalece su cultura interna y sus sistemas informáticos, la ley podría quedar subutilizada en su dimensión preventiva y sobreutilizada en su componente sancionatorio.

“Al final se logró que sea una ley de la República, lo cual le da mucha más fortaleza, más legitimidad y por lo tanto más difícil de cambiarla en el futuro”, concluyó el director de la DIAN.

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