Salario mínimo 2026: el precedente de 2016 que influyó para suspender el incremento actual 

El salario mínimo 2026 quedó en vilo tras una decisión del Consejo de Estado que revive el antecedente de 2016. ¿Qué pasó en esa ocasión? 

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Este 13 de febrero se confirmó que el aumento del salario mínimo 2026 quedó suspendido de manera provisional por decisión del Consejo de Estado, en una determinación que remite directamente a un antecedente clave: la anulación del decreto que fijó el salario mínimo en 2016.  

El alto tribunal consideró que existen indicios suficientes de una posible infracción legal en la forma como el Gobierno determinó el incremento para este año, lo que obligará a expedir una fijación transitoria mientras se resuelve el proceso de fondo. 

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La decisión, adoptada por la Sección Segunda, Subsección A, decreta la “suspensión provisional de los efectos del acto demandado”. El acto suspendido corresponde al Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, que había fijado el salario mínimo legal mensual para 2026 en $1.750.905.  

El decreto había establecido un incremento del 23 % frente al salario mínimo de 2025, sustentado en una metodología que incorporó el concepto de “salario vital” como referente de suficiencia material. Sin embargo, el Consejo de Estado encontró, en un análisis preliminar, que podría haberse desconocido el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, norma que regula los parámetros obligatorios para la fijación unilateral del salario mínimo cuando fracasa la concertación tripartita. 

El tribunal recordó que, tras la sentencia C-815 de 1999 de la Corte Constitucional, el Gobierno no puede aplicar de manera aislada uno de los factores previstos por la ley, sino que debe ponderar de forma conjunta inflación, productividad, meta de inflación, contribución de los salarios al ingreso nacional y crecimiento del PIB. 
 
En el caso del salario mínimo 2026, aunque el decreto mencionó estos indicadores —como la inflación observada del 5,3 % y la productividad del 0,91 %—, el Consejo de Estado advirtió que no se explicó “de manera concreta, articulada y verificable” cómo incidieron en la cifra final del 23 %. 
 
Para el despacho, el porcentaje adoptado aparece directamente derivado de la brecha frente al salario vital estimado, lo que permitiría inferir que ese criterio asumió un rol decisorio central, desplazando en la práctica los parámetros legales.  

El precedente de 2016 que pesó en la decisión de suspender el salario mínimo 2026 

El precedente de 2016 fue un caso real en el que el Consejo de Estado elevó el estándar de motivación de los decretos del salario mínimo cuando el Gobierno termina fijándolo por decreto tras fracasar la concertación. La comparación cobra fuerza porque el conflicto jurídico de entonces nació exactamente en el mismo punto: el salto entre “mencionar” variables legales y “demostrar” su incidencia efectiva en el porcentaje final. 

Salario mínimo 2026: el precedente de 2016 que influyó para suspender el incremento actual

En 2016, el Gobierno expidió el Decreto 2552 del 30 de diciembre de 2015 para fijar el salario mínimo de ese año en $689.455 . El contexto fue un cierre sin acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación: según la sentencia de 2017, las plenarias de diciembre de 2015 no lograron consenso y quedaron sobre la mesa ofertas dispares entre empleadores y centrales obreras.  

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En la reunión del 11 de diciembre de 2025, los representantes del sector privado propusieron un aumento del 6,8 % y las centrales sindicales plantearon incrementos entre 9,5 % y 12 % . El 15 de diciembre, las centrales ajustaron posiciones (CUT 11 % y CGT–CTC–CDP 8,5 %), pero el desacuerdo persistió . 

Ese choque derivó en una ofensiva jurídica amplia. No fue una sola demanda: el fallo de marzo de 2017 consolidó procesos promovidos por dirigentes sindicales, ciudadanos y entidades como la Procuraduría, entre otros demandantes. Incluso, la sentencia deja trazada una cronología temprana del litigio: por ejemplo, registra demandas presentadas a mediados y finales de enero de 2016 por representantes sindicales (como CUT y CGT/CDP) contra el Decreto 2552 de 2015 . 

¿Y qué encontró el Consejo de Estado en ese momento? En esencia, que el decreto de 2016 adolecía de insuficiente motivación: no era posible reconstruir “por qué” el salario quedó en esa cifra y no en otra, porque el texto no precisaba la incidencia de cada factor (inflación, productividad, contribución salarial al ingreso, etc.) en la decisión final.  

Un punto especialmente sensible fue el tratamiento de la inflación del año que terminaba: la sentencia enfatiza que la inflación real anual se consolida tras el cierre de diciembre y advierte que no es dable confundir mediciones reales con proyecciones cuando el parámetro normativo exige inflación real. 

Sin embargo, lo más importante para entender el “efecto” de ese precedente está en cómo el Consejo de Estado resolvió la tensión entre legalidad y realidad: cuando la sentencia se profirió (23 de marzo de 2017), el salario mínimo de 2016 ya había regido y sido pagado durante todo el año. Por eso, el alto tribunal fijó una regla explícita sobre efectos en el tiempo: concluyó que, en ese caso, la nulidad “produce efectos hacia el futuro”.  

Y fue todavía más claro al blindar lo ya ocurrido en 2016: la declaratoria “no tendrá… ningún efecto respecto del salario que… devengaron los trabajadores durante el año 2016”, ni sobre valores parametrizados con salario mínimo (cuantías, multas, sanciones, contratos, tarifas, entre otros). 

Salario mínimo Colombia.

Ese cierre explica por qué el precedente pesa tanto hoy: el fallo de 2017 no “rebobinó” el mercado laboral de 2016, pero sí dejó una advertencia institucional contundente. El Consejo de Estado incluso exhortó al Gobierno a que, cuando tenga que fijar unilateralmente el salario mínimo, cumpla “en estricto” la carga de motivación del artículo 8 de la Ley 278 y del precedente constitucional, ponderando con el mismo nivel de incidencia la meta de inflación, la inflación real, la productividad, la contribución salarial al ingreso y el PIB .  

En otras palabras: la nulidad fue el “jalón de orejas” jurídico; el estándar técnico quedó como manual para el futuro

Por eso, en el debate del salario mínimo 2026, el antecedente de 2016 opera como espejo: no se trata solo de cuánto sube, sino de si el decreto demuestra —con trazabilidad— cómo cada variable legal aterriza en el porcentaje final. 

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La suspensión no equivale a una declaración definitiva de ilegalidad. Es una medida cautelar, adoptada en sede preliminar, mientras se estudia el fondo del asunto. El Consejo de Estado dejó claro que el análisis tiene carácter transitorio y no implica prejuzgamiento