La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) solicitó formalmente a la Corte Constitucional que declare inexequible el decreto mediante el cual el Gobierno de Gustavo Petro declaró una emergencia económica en febrero de este año.
El gremio sostiene que el Ejecutivo ha utilizado de forma recurrente este mecanismo extraordinario para suplantar las funciones del Congreso y eludir los procedimientos legislativos ordinarios.
El presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, argumentó que la emergencia por las fuertes lluvias e inundaciones en departamentos como Córdoba, Antioquia, La Guajira y Chocó no cumple con el requisito de ser un hecho imprevisible o sorpresivo.
De hecho, recordó que tanto el Ideam como la UNGRD habían advertido desde 2024 y 2025 sobre la persistencia del fenómeno de las lluvias y la probabilidad de un Fenómeno de La Niña.
Por ello, el gremio considera que la crisis es, en realidad, consecuencia de una «omisión estatal prolongada» y de la falta de planeación, situaciones que deben atenderse con mecanismos ordinarios y no con poderes de excepción. Además, acusó al Gobierno de pretender instrumentalizar la escasez presupuestal derivada de su propia gestión como excusa para saltarse el principio democrático.
En su momento, el Gobierno justificó la declaratoria de emergencia alegando que los efectos climáticos desbordaron la capacidad del Estado, estimando un costo de atención de aproximadamente $8,3 billones.
Bajo este marco, se expidió otro decreto que creó un impuesto extraordinario al patrimonio para personas jurídicas con un patrimonio líquido superior a los $10.454 millones (200.000 UVT) y una tarifa general del 0,5 % que llegaba al 1,6 % para entidades financieras y empresas del sector minero-energético.
Efectos retroactivos y devolución de impuestos
La ANDI le pidió a la Corte que su decisión tenga efectos retroactivos, de tal manera que se ordene la devolución de los impuestos recaudados bajo los decretos expedidos en el marco de la emergencia económica.
Para el gremio, mantener los efectos de estas normas en el tiempo implicaría convalidar medidas que afectan de manera «indebida y flagrante» los derechos de los contribuyentes.
Según el decreto, el nuevo impuesto al patrimonio debía pagarse en dos cuotas en abril y mayo con el fin de financiar la atención de damnificados y la recuperación de infraestructura. El primero de esos plazos se venció a inicios de este mes.
Vale la pena recordar que la Corte Constitucional tumbó recientemente la emergencia económica anterior, decretada en diciembre de 2025. En esa ocasión, el alto tribunal declaró la norma inconstitucional por considerar que el Gobierno no demostró que se tratara de circunstancias sobrevinientes y por el impacto negativo en la separación de poderes.
En consecuencia, la Corte ordenó a la DIAN detener el cobro de los impuestos y hacer la devolución de lo pagado hasta ese momento en tributos como el IVA del 19 % a los licores y los anticipos al patrimonio.
La intervención de la ANDI no es la única voz en contra de la medida. La Contraloría General de la República también manifestó a la Corte que no avala la emergencia de febrero de 2026, señalando que los cálculos del Gobierno del costo tienen inconsistencias aritméticas y duplicidades.
El ente de control advirtió que la decisión carece de justificación técnica y que el Ejecutivo cuenta con recursos ordinarios en instituciones como el Ministerio de Agricultura y la Agencia Nacional de Tierras que no han sido plenamente utilizados. Según la entidad, el Gobierno ha mantenido una programación presupuestal para desastres tan baja que se ve obligado a pedir fondos extraordinarios ante cualquier evento natural.
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