Gobierno Petro les responde a los colombianos que se quejan por alzas del predial

Las quejas por el impuesto predial siguen creciendo, pero el Gobierno asegura que existen límites legales que muchos propietarios desconocen.

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 La discusión por el impuesto predial se ha convertido en uno de los temas tributarios que más inquieta a los propietarios de vivienda en Colombia. En los últimos años, especialmente tras los procesos de actualización catastral impulsados en distintos municipios del país, miles de ciudadanos han reportado incrementos significativos en los avalúos de sus predios y, en consecuencia, en las facturas que reciben cada año.

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Detrás de ese debate hay dos conceptos que suelen confundirse: el avalúo catastral y el impuesto predial. Mientras el primero busca reflejar el valor económico actualizado de un inmueble, el segundo corresponde al tributo que cobran los municipios sobre esa propiedad.

Aunque ambos están relacionados, no son lo mismo, y precisamente sobre esa diferencia acaba de pronunciarse el Ministerio de Hacienda en una respuesta oficial que busca aclarar una de las principales preocupaciones de los contribuyentes.

En un concepto emitido por la Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial del Ministerio de Hacienda, la entidad respondió una serie de consultas relacionadas con las alzas del predial, la actualización catastral y los efectos que estas medidas tienen sobre los propietarios de inmuebles.  

Impuesto predial en Bogotá

El mensaje del Gobierno Petro sobre las alzas del predial

Uno de los puntos más relevantes del pronunciamiento es que el Gobierno defendió la actualización catastral como una herramienta que contribuye a la progresividad tributaria y a fortalecer las finanzas de los municipios. 

La entidad recordó que tanto el Consejo de Estado como la Corte Constitucional han considerado que el avalúo catastral es un mecanismo válido para medir la capacidad económica asociada a la propiedad de un inmueble y para establecer tarifas diferenciales en el impuesto predial.

Según el Ministerio, la implementación del catastro multipropósito permite que la base gravable del impuesto se determine mediante criterios técnicos y objetivos, incorporando elementos relacionados con la capacidad contributiva de los propietarios. En palabras de la entidad, “la implementación de la política de catastro multipropósito contribuye a materializar el principio de progresividad del sistema tributario territorial”.

No obstante, el concepto también reconoce una preocupación frecuente entre los contribuyentes: que un aumento significativo del avalúo termine traduciéndose en un incremento difícil de asumir en el impuesto predial.

El Ministerio fue enfático en aclarar que un incremento en el avalúo catastral no implica automáticamente que el impuesto aumente en la misma proporción. “Es fundamental distinguir entre los conceptos de base gravable e impuesto efectivamente liquidado”, señaló la entidad.

De acuerdo con el concepto, el avalúo catastral debe reflejar la realidad física, jurídica y económica del predio, pero el ordenamiento jurídico colombiano contempla mecanismos de protección para evitar que los aumentos afecten de manera abrupta la capacidad de pago de los ciudadanos.  

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El Ministerio recordó que existen límites legales al crecimiento del impuesto predial establecidos en la Ley 1995 de 2019 y en la Ley 44 de 1990. Estos topes deben ser aplicados por las administraciones municipales al momento de liquidar el tributo.

Impuesto predial

Para entenderlo mejor, un propietario podría ver que el avalúo de su vivienda aumenta, por ejemplo, un 50 % tras una actualización catastral. Sin embargo, eso no significa que el recibo del predial vaya a subir en el mismo porcentaje, ya que las alcaldías deben revisar los límites legales y las condiciones particulares de cada inmueble antes de determinar el valor final a pagar.

¿La actualización catastral está afectando el recaudo del predial? 

Otro de los cuestionamientos planteados al Ministerio era si las actualizaciones catastrales estaban generando una caída en el pago efectivo del impuesto o un aumento de la morosidad.

La respuesta de Hacienda fue que los datos disponibles no muestran un deterioro de la cultura tributaria asociado a estos procesos. Por el contrario, el análisis realizado por la Dirección General de Apoyo Fiscal encontró que los municipios con catastro actualizado presentan comportamientos más estables en materia de recaudo y cartera frente a aquellos que mantienen información desactualizada.  

Incluso, la entidad concluyó que “no se identifica que la actualización catastral, por sí misma, configure un riesgo sistémico de ruptura de cultura tributaria, incremento sostenido de la cartera o caída del recaudo efectivo”.

El Ministerio agregó que los riesgos aparecen únicamente cuando las administraciones territoriales no aplican correctamente los límites legales al crecimiento del impuesto o no utilizan adecuadamente sus facultades para garantizar la progresividad tributaria.  

Lo que dice el Gobierno sobre las quejas ciudadanas sobre el predial

Aunque el concepto no analiza casos particulares de contribuyentes, sí recuerda que los propietarios cuentan con mecanismos para controvertir avalúos que consideren incorrectos.

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La entidad explicó que los ciudadanos pueden solicitar la revisión del avalúo ante la autoridad catastral correspondiente y, si consideran que persisten inconsistencias, acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.  

Además, reiteró que la determinación del avalúo es una competencia técnica que debe reflejar la realidad económica de los predios, mientras que la fijación de tarifas corresponde a los concejos municipales dentro de los límites establecidos por la ley.  

Lea el concepto completo del Ministerio de Hacienda haciendo clic en este enlace.

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