Madres que regresen al trabajo tienen estas importantes garantías: ¿Cuáles son?

La reincorporación laboral después del embarazo ahora tiene condiciones puntuales para las madres trabajadoras.

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Para miles de madres en Colombia, el regreso al trabajo después del embarazo marca el inicio de una nueva etapa llena de desafíos. La necesidad de retomar sus responsabilidades laborales mientras se adaptan a la maternidad suele plantear interrogantes sobre las condiciones que encontrarán en sus lugares de trabajo y los apoyos con los que contarán durante ese proceso. 

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La preocupación por mantener la lactancia materna, encontrar espacios adecuados para extraer y conservar la leche y compatibilizar las nuevas responsabilidades familiares con la vida laboral sigue siendo uno de los principales retos tras la licencia de maternidad. 

Ahora, una nueva regulación del Ministerio de Salud busca fortalecer las garantías para estas mujeres dentro de las empresas y entidades públicas del país. 

Se trata de la Resolución 0610 de 2026, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la cual se establecen nuevos parámetros técnicos para la operación de las denominadas Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, espacios diseñados para que las madres puedan extraer, almacenar y conservar leche materna durante su jornada de trabajo. 

Maternidad en Colombia

La decisión adquiere relevancia porque no solo actualiza las condiciones que deben cumplir estos espacios, sino que también fortalece los mecanismos de vigilancia, seguimiento e inspección sobre las empresas obligadas a implementarlos. 

Qué cambia para las madres trabajadoras con la nueva normativa 

Uno de los puntos más importantes de la nueva regulación es que las empresas deberán garantizar que las mujeres tengan acceso «oportuno, seguro y adecuado» a estas salas durante su jornada laboral. 

En otras palabras, ya no basta con disponer de un espacio físico de manera informal. La norma establece requisitos específicos sobre ubicación, privacidad, higiene, dotación, conservación de la leche y acceso efectivo para las trabajadoras.

La resolución también obliga a las organizaciones a designar un responsable de la operación de estas salas, quien deberá estar capacitado en temas relacionados con lactancia materna y administración de estos espacios. 

Además, las compañías deberán desarrollar programas permanentes de capacitación dirigidos a mujeres gestantes y lactantes sobre temas como beneficios de la lactancia materna, técnicas de amamantamiento, extracción y conservación de leche, transporte seguro de la leche materna, riesgos de la alimentación artificial, derechos de maternidad y paternidad y derechos sexuales y reproductivos. 

Estas capacitaciones deberán realizarse al menos tres veces al año. 

Cómo deberán ser las salas de lactancia en las empresas

La resolución dedica buena parte de su contenido a detallar las características mínimas que deberán cumplir estos espacios.

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Según el Ministerio de Salud, las salas deberán ubicarse en lugares privados, exclusivos, seguros, limpios y con el menor nivel posible de ruido. También tendrán que contar con ventilación adecuada, iluminación suficiente y condiciones que garanticen el bienestar de las madres lactantes.

La infraestructura deberá incluir, entre otros elementos: 

  • Lavamanos con agua y jabón de fácil acceso. 
  • Mesas o superficies de apoyo fáciles de limpiar. 
  • Sillas con espaldar y apoyabrazos. 
  • Nevera o congelador exclusivo para almacenar leche materna. 
  • Termómetros digitales para controlar temperaturas. 
  • Canecas con tapa de accionamiento no manual. 

Incluso se fijan parámetros técnicos para la conservación de la leche. La temperatura de refrigeración deberá mantenerse entre -2 y 5 grados centígrados, mientras que la congelación podrá llegar hasta -3 grados centígrados. Las empresas estarán obligadas a registrar estos controles diariamente.

Suponga el caso de una trabajadora que regresa a sus labores después de la licencia de maternidad y continúa alimentando a su bebé con leche materna. 

Con la nueva regulación, la empresa deberá disponer de un espacio privado donde la madre pueda extraer la leche durante la jornada laboral, almacenarla en condiciones seguras y conservarla en equipos adecuados hasta el final del día.

Además, la trabajadora deberá conocer la existencia de ese espacio, tener acceso cuando lo necesite y recibir información sobre prácticas seguras de lactancia y conservación de la leche. 

La intención es evitar que el regreso al trabajo se convierta en una barrera para mantener la lactancia materna. 

Qué empresas están obligadas a cumplir la norma 

La resolución mantiene la obligación para las empresas privadas con capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Bancamía y BBVA

También deberán cumplir aquellas compañías con un capital inferior a ese monto cuando tengan más de 50 empleadas. Asimismo, la norma aplica para entidades públicas del orden nacional y territorial. 

Un aspecto novedoso es que el Ministerio aclaró expresamente que estas obligaciones siguen vigentes incluso cuando la organización opere bajo esquemas de trabajo híbrido. 

Otro de los cambios relevantes es el fortalecimiento de las funciones de las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales. Estas entidades deberán acompañar técnicamente a las empresas, realizar seguimiento a la implementación de las salas y efectuar visitas de verificación.

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La nueva regulación también establece que, una vez una empresa implemente la sala, deberá inscribirla ante la autoridad sanitaria correspondiente. Posteriormente se realizará una visita oficial para comprobar que cumple con todos los requisitos técnicos.

Lea la resolución completa del Ministerio de Salud haciendo clic en este enlace.