Un proyecto de ley que radicó el Gobierno ante el Congreso ya comenzó a generar fuertes alertas en el sector digital y de movilidad.
El pasado 20 de enero, el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte radicaron en el Senado una iniciativa que, en el papel, busca modernizar el régimen sancionatorio del sector transporte. Sin embargo, el articulado, según expertos y actores del sector, endurece de forma drástica el tratamiento contra las plataformas de movilidad y sus usuarios.
José Daniel López, presidente ejecutivo de Alianza In, advirtió que el proyecto introduce un cambio sustancial: los servicios prestados con vehículo particular a través de aplicaciones dejarían de considerarse actividades no reguladas para pasar a ser explícitamente ilegales, en contravía de decisiones previas de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La Corte Suprema, por ejemplo, ha señalado que en estos servicios se materializa el derecho humano a disfrutar de los avances científicos y tecnológicos.
Con el nuevo régimen, los conductores que operan con vehículos particulares mediante plataformas podrían enfrentar inmovilizaciones de hasta 60 días en la primera infracción, 90 días en la segunda y 120 días en las siguientes, pese a que se trata de personas que, según el sector, ejercen una actividad lícita amparada en la economía digital.
Multas como usuario o prestador del servicio
El proyecto también eleva de manera significativa el castigo económico. Las plataformas y los usuarios podrían ser sancionados con multas cercanas a los $4,7 millones (390 UVB) por cada viaje realizado en un vehículo particular, bajo el argumento de facilitar transporte ilegal. Además, millones de ciudadanos, conductores y las propias aplicaciones quedarían expuestos a investigaciones administrativas por parte de la Superintendencia de Transporte.
Uno de los puntos más controvertidos es que la Superintendencia, junto con alcaldías y áreas metropolitanas, podría ordenar la suspensión preventiva inmediata de la operación de plataformas digitales o de algunas de sus líneas de servicio, sin necesidad de una decisión administrativa o judicial de fondo, lo que para el sector equivale a un golpe directo a la neutralidad de la red.
El proyecto también ordena a las autoridades locales intensificar los controles en zonas de alta demanda —como aeropuertos, hoteles, centros comerciales y terminales—, lo que se traduciría en mayor persecución a conductores y menos opciones de movilidad para los usuarios. Incluso se habilitan medidas como desvíos, pico y placa zonificado y restricciones de acompañantes en estas áreas.
Más aún, el artículo 68 califica los servicios de plataformas con vehículo particular como un factor de potencial alteración del orden público y la convivencia, y ordena a la Policía Nacional priorizar acciones contra esta actividad. En contraste con aeropuertos internacionales que cuentan con pick up points para plataformas, el proyecto contempla sanciones a aeropuertos y terminales que permitan publicidad o presencia de estas aplicaciones.
El alcance del proyecto va más allá: también involucra a las propiedades horizontales, que podrían enfrentar multas de hasta $726,6 millones (60.000 UVB) si no se alinean con las medidas de control contra plataformas, conductores y usuarios.
Para el sector digital, la iniciativa no solo redefine el régimen sancionatorio, sino que marca un giro restrictivo contra la movilidad basada en plataformas.
—




