Gobierno Petro recusa a magistrados de la Corte Constitucional en debate por emergencia económica

El Gobierno argumentó un presunto interés económico directo por parte algunos togados que serían sujetos del impuesto al patrimonio con el ajuste.

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La Presidencia de la República de Colombia presentó una recusación formal contra siete magistrados de la Corte Constitucional para apartarlos inmediatamente del debate sobre la legalidad de la emergencia económica y social y sus medidas tributarias derivadas.

Vale la pena recordar que el 29 de enero, la Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1390 y, por consiguiente, del Decreto 1474 (que creaba nuevos impuestos), mientras se toma una decisión de fondo.

Los magistrados señalados por el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo, son:

  • Paola Andrea Meneses Mosquera.
  • Natalia Ángel Cabo.
  • Carlos Camargo Assis.
  • Héctor Alfonso Carvajal Londoño.
  • Lina Marcela Escobar Martínez.
  • Vladimir Fernández Andrade.
  • Miguel Polo Rosero.

El argumento central del Gobierno es un presunto interés económico directo por parte los togados mencionados.

Según el documento de recusación, el decreto de medidas tributarias en el marco de la emergencia económica, entre otras cosas, amplió la base gravable del impuesto al patrimonio, reduciendo el umbral de entrada a 40.000 UVT (aproximadamente $2.094 millones).

La Presidencia sostiene que, tras revisar las declaraciones de renta públicas, estos siete magistrados poseen un patrimonio superior a dicho umbral, lo que los convierte en sujetos pasivos directos del tributo que ellos mismos deben juzgar.

«El sentido del fallo incide de manera inmediata, cuantificable y cierta en su patrimonio personal», afirma el escrito.

Críticas a la «sesión informal» en Cartagena

El secretario jurídico también fundamentó la recusación en una sesión informal de la Corte Constitucional en Cartagena el pasado 23 de enero. En dicho encuentro, los magistrados habrían discutido, sin togas y fuera de su sede habitual, la ponencia del magistrado Carlos Camargo Assis que pedía suspender provisionalmente los decretos de emergencia.

El Gobierno criticó que en esa reunión se habrían atendido intereses de la Federación Nacional de Departamentos, entidad que Camargo dirigió en el pasado, la cual solicitó formalmente la inconstitucionalidad de las medidas.

Con esta recusación, el Gobierno aseguró que intenta garantizar que el juicio de constitucionalidad sea realizado por magistrados o conjueces que no se vean afectados personalmente por las cargas fiscales impuestas para atender la emergencia.