La Corte Constitucional pausó el estudio a fondo de la reforma pensional aprobada por el Congreso de la República, dada la recusación de uno de los magistrados, puntualmente de Héctor Cárdenas.
El alto tribunal revisa la situación del magistrado por haber desempeñado funciones como abogado del presidente Petro y lo que esto implicaría en el estudio de una de las iniciativas bandera del ejecutivo.
Había manifestado el mismo gobierno Petro la necesidad de que la Corte avanzara en el estudio de la reforma pensional entendiendo que, de un lado, se necesitaban recursos para garantizar la financiación del sistema de jubilaciones.
Adicionalmente, pedía en su momento el Gobierno, urgía la definición de la aplicación de la reforma también para garantizar los recursos que se destinarían para el bono pensional para los adultos mayores que se encuentran en situación de pobreza.
De momento, con la recusación anunciada por la Corte Constitucional, habría que esperar hasta semanas para la definición de los cambios al sistema de jubilaciones.
¿Qué podría pasar con la reforma pensional?
La Ley 2067 de 1991 indica que, si la recusación fuere pertinente, el magistrado o conjuez recusado deberá rendir informe al día siguiente. En caso de aceptar los hechos aducidos por el recusante, se le declarará separado del conocimiento del negocio.
“De lo contrario, se abrirá a prueba el incidente por un término de ocho días: tres para que el recusante las pida y cinco para practicarlas, vencido el cual, la Corte decidirá dentro de los dos días siguientes”, dice el apartado legal.
Y se agrega, para este caso del estudio de la reforma pensional que en ese incidente “actuará como sustanciador el magistrado que siga en orden alfabético al recusado. Si prospera la recusación, la Corte procederá al sorteo de conjuez”.
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Pendiente estará el país entonces de que el alto tribunal defina lo que hará con el estudio de la reforma con miras a entender en qué momento se conocería una postura oficial.