El proyecto de ley de financiamiento o reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro contempla la creación de un impuesto de normalización tributaria que se aplicaría de forma temporal con el fin de permitir a los contribuyentes sincerar sus patrimonios.
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Así, quienes hayan omitido activos que tengan en el exterior en contra de la ley o hayan incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones para disminuir la carga tributaria en el pasado podrán aprovechar la oportunidad para reportarlos con una tarifa del 15 % y sin sanciones económicas o penales para subsanar su situación fiscal.
Del mismo modo, la declaración de activos omitidos o pasivos inexistentes no dará lugar a comparación patrimonial ni a renta líquida gravable.
Los contribuyentes que deseen aplicar al beneficio deberán declarar, liquidar y pagar estas omisiones o errores en una declaración independiente y para ello tendrían hasta el 31 de julio de 2026, de acuerdo con la propuesta.
El Ministerio de Hacienda destacó que, de aprobarse la ley, esta medida generará un recaudo extraordinario de $484.000 millones el próximo año y por una sola vez, el cual contribuirá a la sostenibilidad fiscal.
“Creamos nuevamente un beneficio que estuvo en 2019, 2020 y 2022”, dijo Germán Ávila en la rueda de prensa del lunes pasado, tras la radicación del proyecto en el Congreso de la República.
La primera vez que se implementó, el Gobierno reportó un recaudo superior a $1,1 billones (115 % de la meta establecida), producto de las declaraciones de 5.400 ciudadanos.
El articulado detalla que la obligación recae en quien tenga el aprovechamiento económico, potencial o real, de dichos activos. Por otra parte, la base gravable sobre la cual se calculan los impuestos corresponde al costo fiscal de los activos omitidos o su avalúo comercial.
Respecto a los pasivos inexistentes, la base gravable será el valor fiscal de estos o el valor reportado en la última declaración de renta.
Además, explica que el impuesto complementario de normalización tributaria estará a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta.
Así mismo, quienes tengan activos (diferentes a inventarios) declarados por un valor inferior al de mercado podrán actualizar su valor, incluyendo las sumas adicionales como base gravable del impuesto de normalización.
Finalmente, el proyecto de ley aclara que la normalización tributaria no implica la legalización de activos cuyo origen fuere ilícito o estuvieren relacionados con lavado de activos o financiación del terrorismo. En este caso, su reporte sí dará lugar a una persecución fiscal o penal.
Vale la pena recordar que la sanción por inexactitud de la DIAN equivale al 200 % del mayor valor del impuesto a cargo y que el hecho motiva denuncias ante la Fiscalía por ser un delito penal.
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