El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo el decreto con el cual desde el Gobierno Nacional se nombró al ministro de Defensa de Colombia, Diego Molano.
A través de una sentencia de primera instancia, el magistrado ponente, Felipe Alirio Solarte, falló en contra de la designación del funcionario, quien llegó al cargo en febrero de 2021. Lea más en Noticias Políticas.
En la providencia le dio la razón a los demandantes, quienes argumentaron una presunta violación a la ley de cuotas en Colombia.
“La actual composición del gabinete (…) no cumple con el porcentaje mínimo de participación de mujeres en su integración, por lo que el acto administrativo se encuentra viciado», dijeron los demandantes.
Y el magistrado Solarte les dio la razón, a la par que instó al Gobierno de Colombia a cumplir con dicha norma al momento de nombrar a los ministros y demás funcionarios.
No obstante lo anterior, desde el Gobierno han dicho que se apelará esta decisión, con lo cual el fallo no quedará aún en firme. Por ende, el ministro Molano se mantendrá en el cargo.
La ley de cuotas, sancionada en el 2000, busca la adecuada y efectiva participación de las mujeres en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público.
En la práctica, fija que al menos un 30% de los ministerios o cargos públicos en Colombia estén dirigidos por mujeres.
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Si bien para el momento de la demanda el gabinete estaba compuesto por cinco mujeres (menos del 30%), actualmente son siete las representantes del género femenino en el alto gobierno.
Estas son Marta Lucía Ramírez (Cancillería), María Ximena Lombana (Comercio), María Victoria Angulo (Educación), Susana Correa (Vivienda), Carmen Valderrama (TIC), Ángela María Orozco (Transporte) y Angélica Mayolo (Cultura).