OPA Nutresa: Tribunal de Bogotá se pronuncia ante demanda de Gilinski y recusación del GEA

Este 8 de febrero se conoció un nuevo auto del Tribunal Superior de Bogotá, el cual declaró infundada la recusación de Grupo Nutresa.

Foto: Casa Real de España
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Este 8 de febrero se conoció un nuevo auto del Tribunal Superior de Bogotá, el cual declaró infundada la recusación de Grupo Nutresa contra José Nicolás Mora, director de Jurisdicción Societaria I de la Superintendencia de Sociedades, la cual buscaba inhabilitar al funcionario y su papel en la pasada OPA de IHC por las acciones de la compañía de alimentos.

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Este proceso fue interpuesto por las sociedades de Gilinski, Nugil y JGDB Holding, ante Grupo de Inversiones Suramericana, Grupo Nutresa y los directivos Luis Javier Zuluaga Palacios, Sebastián Orjuela Martínez, Carlos Ignacio Gallego Palacio, Jairo González Gómez y José Domingo Penagos Vásquez.

El proceso se gestó pues tras concluir la OPA del holding árabe IHC por Nutresa se conoció que Mora y su esposa María Valentina Díaz habían trabajado con la firma Gómez Pinzón Abogados, asesores legales del Grupo Gilinski desde el inicio de las OPA por las compañías del Grupo Empresarial Antioqueño (GEA) en 2021.

Además, Gómez Pinzón acompañó a IHC en la OPA que fracasó por Nutresa, motivo que llevó a los directivos del GEA a expresar que posiblemente Mora tendría información privilegiada relacionada con las ofertas y a tomar parte interesada en el proceso.

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Al respecto, el Tribunal Superior de Bogotá expresó que es infundada la recusación de Sura, Nutresa y sus directivos, tras determinar que no hay pruebas suficientes, exculpando a Mora, pues a pesar de su relación con Gómez Pinzón explica que “no encuentra esta Sala Unitaria elementos serios para establecer que el propósito de la recusación es una maniobra dilatoria que denote temeridad o mala fe por parte de los recusantes, por lo que no habrá lugar a imponer ningún tipo de multa”.

En cuanto a su esposa, tampoco determinó que haya pruebas que demuestren su interés en el resultado del proceso.

Ayer también se conoció que la Fiscalía indagará a cinco funcionarios judiciales por eventuales irregularidades en el reparto de las demandas civiles que presentaron Grupo Sura y Cementos Argos en la reciente OPA por Nutresa.

En los documentos donde se mencionaba que podía existir una amistad íntima entre las partes por unas fotos que se compartieron, el juez determinó que tampoco era material suficiente para afirmar esta acusación.

Los pantallazos de fotos aportados al proceso y extraídas de una red social, sin el permiso del titular de dicho medio, constituyen una prueba obtenida con violación al debido proceso”, asegura el radicado.

El auto completo puede leerse en el siguiente enlace.

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