Desde el próximo 15 de julio se modifica el máximo permitido para trabajar a la semana; sin embargo, a algunos trabajadores no les aplica la nueva jornada laboral en Colombia.
El cambio supone, dice la ley, que el tope permitido a la semana sea de 42 horas, desde las 44 horas que aplican desde mediados del año pasado.
Hay que tener en cuenta que algunos trabajadores no les aplica la nueva jornada laboral en Colombia por el oficio que desarrollan, dependiendo de las necesidades de la empresa.

1. Cargos de dirección, confianza o manejo
Aquellos empleados que desempeñan funciones de alta jerarquía, representación del empleador o que tienen a su cargo la gestión administrativa y financiera de la empresa.
2. Sector de vigilancia y seguridad privada
- Pueden acordar turnos de hasta 12 horas diarias
- Si bien deben respetar los límites de la reducción gradual, la normativa permite una flexibilidad operativa que puede alcanzar hasta las 60 horas semanales

A otros trabajadores nos les aplica la nueva jornada laboral en Colombia: Estas son las causas
3. Labores insalubres o peligrosas
En estos casos, la jornada ya suele estar regulada por debajo de la máxima legal, por lo que la nueva reducción a 42 horas no les impacta si su límite actual ya es inferior.
4. Jornadas de menores de edad
- Entre 15 y 17 años: Máximo 6 horas diarias y 30 horas semanales
- Mayores de 17 años: Máximo 8 horas diarias y 40 horas semanales

Foto: Alcaldía de Barranquilla
5. Servidores Públicos (con excepciones)
La mayoría de los servidores públicos se rigen por normativas distintas, a menos que trabajen en empresas del Estado y su vinculación sea mediante contrato de trabajo bajo el régimen privado.

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Finalmente, a los trabajadores nos les aplica la nueva jornada laboral en Colombia cuando hacen parte de empresas que requieren operación continua mediante turnos sucesivos.




